DISPOSICIÓN 2 2009 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Síntesis:
SE ENVÍA A RUBRICAR NUEVO LIBRO DE ASIENTOS DE REGISTROS NOTARIALES - DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, REGISTRO Y MEDIACIÓN - NÓMINA DE ESCRIBANOS TITULARES - INCORPORACIÓN - REGISTRO NOTARIAL - OFICINA DE REGISTRO DE NOTARIOS - RÚBRICA
Publicación:
18/06/2009
Sanción:
11/06/2009
Organismo:
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, su Decreto Reglamentario N° 1624 - GCBA-2000, la Ley N° 2.506, sus modificatorias y complementarias y los Decretos N° 2.075-GCBA-2007 y N° 2.087-GCBA-2007, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el art. 32 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, los Registros Notariales son de propiedad de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, desde la vigencia de la referida ley, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha creado doscientos noventa y dos Registros Notariales;
Que, tales Registros Notariales han sido adjudicados a los escribanos titulares de conformidad con los procedimientos fijados por la normativa vigente en la materia;
Que, en cumplimiento de sus funciones específicas, la Oficina de Registro de Notarios dependiente de la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, ha registrado manualmente la nómina de los registros notariales otorgados en un libro que no fuera rubricado oportunamente, y que no reunía las formalidades debidas de acuerdo con la importancia de tales registraciones;
Que, tales anomalías fueron advertidas en la auditoría llevada a cabo por la Sindicatura General de la Ciudad, conforme a lo indicado oportunamente en la Nota N° 427-SGCBA-2008;
Que, a fin de subsanar tales defectos, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación adquirió un nuevo libro para el asiento de los Registros Notariales que se otorguen, el cual deberá ser rubricado por la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, resulta conveniente incorporar cronológicamente y unificar en este nuevo libro rubricado los Registros Notariales que se hallaban en el libro anterior, completando además la información faltante referida a los mismos;
Que, la Ley N° 404, en su artículo 31°, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;
Que, mediante el Decreto N° 2.075-GCBA-2007 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, dentro de las responsabilidades primarias que la Subsecretaría de Justicia ha delegado en la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación se encuentra la de: âAdministrar y Supervisar el Registro de Escribanos...â;
Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, corresponde el dictado de la pertinente disposición, por la que se ordene: 1°) la rúbrica del nuevo libro de Registros Notariales adquirido por la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, 2°) la incorporación en este nuevo libro de los Registros Notariales que se hallaban irregularmente asentados en el libro anterior y de los que se otorguen en el futuro.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 2.075 -GCBA- 2007, 2.087-GCBA-2007;
EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA
DISPONE
Artículo.1°.- Envíese a rubricar el nuevo libro de Registros Notariales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires adquirido por la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación a la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artículo 2°.- Cópiese la presente resolución en la primera foja útil del nuevo libro de Registros Notariales.
Artículo 3°.- Incorpórese en el libro a rubricarse los Registros Notariales que se hallaban asentados en el libro anterior y los que sean asentados en el futuro.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese.