RESOLUCIÓN 70 2009 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

DESAFECTA CON CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - POR EL TÉRMINO DE 90 DÍAS CORRIDOS - EL ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS JUNTO A LA ACERA IZQUIERDA EN LA CALLE BÁEZ ENTRE GRAL. INDALECIO CHENAUT Y CLAY ESTABLECIDO POR RESOLUCIÓN 697-SOYSPYTT-99 - LÍMITE DE VELOCIDAD - 30 KM PH

Publicación:

02/07/2009

Sanción:

26/06/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO: la Nota N° 3670-DGTRANSITO.2009, y

CONSIDERANDO:

Que la materialización de las Obras “Mejoramiento Entorno Las Cañitas“ Etapa I, implica modificar el actual régimen de estacionamiento en la calle Báez entre Gral. Indalecio Chenaut y Clay;

Que así también resulta conveniente reducir la velocidad en el citado tramo de arteria;

Que lo expresado se motiva en que la obra que nos ocupa, contempla en su diseño la construcción de una dársena para el estacionamiento paralelo junto a la acera derecha;

Que la reducción del actual ancho de calzada unificando la vereda con esta, genera una arteria de convivencia peatonal y vehicular;

Que atento a ello resulta necesario dejar sin efecto la autorización de estacionamiento junto a la acera izquierda aprobada por Resolución N° 697- SOySPyTT-99;

Que por tratarse de una arteria de convivencia, y de acuerdo a lo autorizado en el Art. 6.2.4 inciso a) del Código de Transito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires corresponde reducir la velocidad máxima a 30 Km. /h.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 inciso b) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° - Desaféctase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, el estacionamiento general de vehículos junto a la acera izquierda en la calle Báez entre Gral. Indalecio Chenaut y Clay establecido por Resolución N° 697-SOySPyTT-99.

Artículo 2° - Restrínjase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, la velocidad máxima a 30 km/h en la calle Báez entre Gral. Indalecio Chenaut y Clay de acuerdo a lo autorizado en el Art. 6.2.4 inciso a) del Código de Transito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Norverto.

Artículo.3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, y fijará posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de Proyectos Urbanos y Arquitectura, de Transporte y al Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte. Cumplido, continúese con el tramite aludido en el articulo anterior.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 70-SSTRANS-09 desafecta el estacionamiento general de vehículos junto a la acera izquierda en tramo de la calle Báez, dispuesto por Res. 697-SOYSPTYT-99