DECRETO 181 2009
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIA DE PEDRO LÓPEZ - CARGO DE DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN DE ACCIONES EN LA VÍA PÚBLICA - SUBSECRETARÍA DE ESPACIO PÚBLICO - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - ACEPTA RENUNCIA DE DANIEL OMAR GARAYO AL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL REGENERACIÓN URBANA Y ALUMBRADO DE LA CITADA SUBSECRETARÍA - DESIGNA A DANIEL GARAYO EN EL CARGO DEJADO POR LÓPEZ
Publicación:
03/04/2009
Sanción:
12/03/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/2007, el Decreto N° 2.100/07, el Decreto N° 1.074/08, y el Expediente N° 5.036/2009, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.506 se sancionó Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.075/07, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 2.100/07 se designó al Arq. Pedro López, DNI N° 13.687.227, CUIT N° 20-13687227-4, como Director General de Acciones en la Vía Pública del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que mediante Decreto N° 1.074/08 fue designado el señor Daniel Omar Garayo, DNI N° 16.828.125, CUIL N° 20-16828125-1, como Director General de Regeneración Urbana y Alumbrado del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que dichos funcionarios han presentado renuncia formal a sus respectivos cargos;
Que el Ministerio de Ambiente y Espacio Público aconseja aceptar las referidas renuncias a partir del 1° de marzo de 2009;
Que atento encontrarse vacantes ambos cargos, el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público solicita se designe al señor Daniel Omar Garayo como funcionario a cargo de la Dirección General de Acciones en la Vía Pública;
Que hasta tanto se designe un nuevo funcionario a cargo de la Dirección General Regeneración Urbana y Alumbrado, a efectos de mantener su normal funcionamiento, resulta conveniente asignar al Director General de la Dirección General Acciones en la Vía Pública, las competencias de la Dirección General Regeneración Urbana y Alumbrado;
Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado de la pertinente norma legal accediendo a lo peticionado.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1°.- Acéptase a partir del 1° de marzo de 2009 la renuncia presentada por el señor Pedro López, DNI N° 13.687.227, CUIT N° 20-13687227-4, FC N° 270588, al cargo de Director General de la Dirección de Acciones en la Vía Pública de la Subsecretaría de Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, deja partida S99 R01 3523.0004 reintegrándoselo a la partida retenida 3522.0000.P.B.06.203 de la Dirección General de Mantenimiento de Edificios Públicos y Mobiliario Urbano.
Artículo 2°.- Acéptase a partir del 1° de marzo de 2009 la renuncia presentada por el señor Daniel Omar Garayo, DNI N° 16.828.125, CUIL N° 20-16828125-1, al cargo de Director General de la Dirección General Regeneración Urbana y Alumbrado dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.
Artículo 3°.- Agradécense los servicios prestados por los funcionarios dirimentes.
Artículo 4°.- Desígnase a partir del 1° de marzo de 2009 al señor Daniel Omar Garayo,DNI N° 16.828.125, CUIL N° 20-16828125-1, como Director General de la Dirección General Acciones en la Vía Pública, dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, deja partida S99 R01 3524.0004 y asume partida S99 R01 3523.0004.
Artículo 5°.- Asígnase al Director General de Acciones en la Vía Pública las competencias de la Dirección General Regeneración Urbana y Alumbrado, hasta tanto se designe al funcionario a cargo de dicha área.
Artículo 6°.- Facúltase al Ministro de Ambiente y Espacio Público a designar al personal de Planta de Gabinete en la Dirección General Regeneración Urbana y Alumbrado,hasta tanto se designe al funcionario a cargo de dicha área.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.-
Artículo 8°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.