RESOLUCIÓN 47 2009 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
SE ACLARA EL ALCANCE LOS COMICIOS DEL 12 DE AGOSTO DE 2009 - OBLIGATORIEDAD - DÍA LABORABLE - VOTACIÓN VOLUNTARIA
Publicación:
16/07/2009
Sanción:
08/07/2009
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Ley N° 2855/GCABA/08, el Decreto N° 1342/08 y la Resolución N° 44/EATC/09, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 29 de junio se dictó la Resolución N° 44/2009 del Ente Autárquico Teatro Colón, mediante la cual se dispuso convocar a elecciones para el 12 de agosto de 2009 a fin de que los trabajadores elijan un representante en el Directorio del mencionado ente, y dos representantes para integrar el Consejo Asesor Honorario de dicho ente;
Que la Ley 2855/2008 en su Artículo 11° y su Decreto Reglamentario en su Artículo 11° no establecen la obligatoriedad del sufragio de los trabajadores en lo relativo al acto de elección de sus representantes en el Directorio y el Consejo Asesor Honorario;
Que requiere aclarar el carácter obligatorio que menciona el Artículo 3° de la Resolución N° 44/2009.
Por ello, y en uso de las facultades legales pertinentes,
EL DIRECTOR GENERAL DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLON DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Se aclara que la frase âserá obligatoriaâ enunciada en el Artículo 3° de la Resolución N° 44/2009, se refiere a la obligación de los trabajadores del Teatro Colón a concurrir a su trabajo el 12 de agosto por ser día laborable, no así a sufragar ese día en el acto electoral, que será voluntario.
Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese a los representantes de las organizaciones gremiales, publíquese en el Boletín Oficial de la C.A.B.A. Cumplido, archívese.