RESOLUCIÓN 1725 2009 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DEROGA EL ARTÍCULO 76 REFERERIDO AL DEBER DE VIGILANCIA DEL PERSONAL DE CONDUCCIÓN DE ESCUELAS DE NIVEL INICIAL Y PRIMARIO DEL ANEXO I DEL REGLAMENTO ESCOLAR PARA EL SISTEMA EDUCATIVO DE GESTIÓN OFICIAL
Publicación:
30/07/2009
Sanción:
03/08/2009
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Carpeta N° 8573/MEGC/2008, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 4776/MEGC/2006 se aprobó el reglamento escolar para el sistema educativo de gestión oficial dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que como anexo I forma parte integrante de este acto administrativo;
Que el artículo 76 del mencionado anexo establece el deber de vigilancia que recae sobre el personal de conducción de los niveles educativos inicial y primario respecto de la seguridad vial necesaria para garantizar la integridad física durante la entrada, salida, cruce de calles y avenidas próximas al establecimiento escolar de los alumnos que concurren a las unidades educativas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, coordinando acciones por intermedio de la supervisión de distrito y el personal policial de la jurisdicción, dentro de la medida de la competencia asignada a cada órgano en particular;
Que la dirección de educación inicial informó que esa área no está en condiciones de garantizar la seguridad en la vía pública ya que los imponderables escapan aún a las medidas de seguridad más completas, especialmente en relación a los jardines de infantes nucleados donde las secciones están distribuidas en varias escuelas, lo que torna imposible que el equipo directivo pueda efectivamente estar al mismo tiempo en todas ellas;
Que por ello propicia la derogación del artículo 76 mencionado precedentemente;
Que la modificación de normativa que tramita por estos actuados involucra cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia propias de los órganos de ejecución, no existiendo en la especie impedimento de orden legal.
Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica entiende que corresponde la derogación que se propicia;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
Artículo 1°.- Derógase el artículo 76 del ANEXO I Reglamento Escolar para el Sistema Educativo de Gestión Oficial dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por Resolución N° 4776/MEGC/2006.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Administración de Recursos, de Infraestructura y Equipamiento, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.