RESOLUCIÓN 58 2009 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

NORMA DEROGADA - SINDICATURA GENERAL - SE OTORGA AL PERSONAL ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS - SALARIO DEL PERSONAL - FUNCIONARIOS - GERENTES - SUMA - MONTO - REMUNERACIÓN

Publicación:

22/07/2009

Sanción:

15/07/2009

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 99-SGCBA/06 (BOCBA N° 2.557), N° 99-SGCBA/07, N° 48-SGCBA/08 (BOCBA N° 2.933), N° 100-SGCBA/08, N° 24-SGCBA/09, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;

Que en virtud de las competencias atribuidas por el inciso 2) del artículo 130 de la Ley N° 70, el/la Síndico/a General posee facultades suficientes para organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;

Que en razón de las facultades establecidas en el inciso 8) del artículo citado anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba los gastos del Organismo;

Que a partir del dictado de las Resoluciones N° 99-SGCBA/06, N° 99-SGCBA/07, N° 48-SGCBA/08, N° 100-SGCBA/08 y N° 24-SGCBA/09, se establecieron los estamentos superiores e inferiores de la Estructura Organizativa de esta Sindicatura General;

Que en virtud de la autarquía concedida a esta Sindicatura General por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y de conformidad con la Ley N° 70, resulta oportuno otorgar una asignación no remunerativa a todo el personal que reviste en la Estructura Orgánico funcional de la Sindicatura General de la Ciudad, hasta el cargo de Gerente inclusive, a cuenta de futuros aumentos;

Que dicha medida se encuentra fundada en razón de equiparar el ingreso mensual del personal que reviste dentro de la Estructura Orgánico Funcional de este Organismo de Control con el resto de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que existen fondos suficientes que permiten afrontar el referido gasto;

Que la Gerencia General Normativa ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 2) y 8) del artículo 130 de la Ley N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase a todo el personal que reviste en la Estructura Orgánica Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el cargo de Gerente inclusive, una asignación no remunerativa a cuenta de futuros aumentos que estará compuesta de la siguiente manera:

a) Con carácter retroactivo al 1° de mayo de 2009, la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA ($ 360);

b) A partir del 1° de julio de 2009, un aumento de PESOS CINCUENTA ($ 50), consolidándose la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ ($ 410);

c) A partir del 1° de octubre de 2009, un incremento de PESOS CIEN ($ 100), consolidándose una suma de PESOS QUINIENTOS DIEZ ($ 510) a partir de dicha fecha.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, notifíquese a los interesados, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y de Sistemas. Cumplido, archívese.