RESOLUCIÓN 45 2009 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

LOS FUNCIONARIOS Y REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DEBERÁN INFORMA SI POSEEN OTRO EMPLEO - DECLARACIÓN JURADA DE EMPLEOS - PLURIEMPLEO - COMPATIBILIDAD HORARIA -

Publicación:

20/08/2009

Sanción:

13/08/2009

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS


VISTO: La ley 471 de Relaciones Laborales en la Administración Publica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que, la ley 471 regula las obligaciones de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las que se destacan la de prestar personal y eficientemente el servicio correspondiente en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente;

Que, por su parte, el artículo 38 de la misma ley determina la jornada de trabajo de 35 horas y establece que el trabajador está obligado a cumplir con el horario fijado por la autoridad competente de cada repartición de acuerdo a la naturaleza y necesidades del servicio;

Que en el marco de una gestión racional de los recursos humanos y mejora de la organización administrativa, resulta necesario conocer la existencia de posible pluriempleo de los agentes que prestan servicios en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de apreciar situaciones que pudieran afectar el normal desenvolvimiento de la prestación laboral en los términos de la ley 471.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 56/GCBA/2009, 637/GCBA/09 y 681/GCBA/09,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Los funcionarios y representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a excepción del personal docente, designados para cumplir funciones en la Administración Pública centralizada, desconcentrada y descentralizada, órganos interjurisdiccionales, unidades ejecutoras de convenios o contratos específicos y sociedades del estado, deberán informar, con carácter de declaración jurada, si poseen otro empleo en relación de dependencia o autónomo, de carácter remunerado o a título gratuito, en cualquier dependencia pública o privada, así como el horario de dicha prestación. De corresponder, deberá denunciar la CUIT respectiva del empleador.

Artículo 2°.- Se encuentran alcanzados por las previsiones de la presente, las personas que se desempeñen en cualquier función o cargo remunerado o relación contractual, con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad, en la Administración Pública Centralizada o en cualquiera de los entes mencionados en artículo anterior.

Artículo 3°.- El personal que se encuentre alcanzado por las previsiones de la presente norma deberá presentar en la oficina de personal de su repartición, el formulario de declaración jurada que como ANEXO forma parte de esta resolución, dentro de los 15 (quince) días hábiles a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las oficinas de personal deberán remitir los formularios debidamente confeccionados en el plazo de 5 (cinco) días hábiles luego de la finalización del plazo anterior, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos (oficina de Asesoramiento Previsional) ubicada en la calle Bartolomé Mitre Nro. 711, planta baja.

Articulo 4°.-Toda propuesta de futura designación de personal deberá estar acompañada por la declaración jurada prevista en el artículo anterior.

Articulo 5°.- Es obligación de los agentes alcanzados por la previsión de la presente, rectificar la declaración jurada dentro de los 10 (diez) días de haberse modificado su situación de empleo, para lo cual deberá presentar un nuevo formulario.

Articulo 6°.- El falseamiento de la declaración jurada o su falta de presentación en tiempo y forma constituirá falta grave.

Artículo 7°.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las áreas dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Speroni


ANEXOS

El anexo se encuentra disponible en la SEPARATA del BOCBA 3240 del 20/08/2009

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