DECRETO 795 2009
Síntesis:
CREA LA COORDINACIÓN GENERAL OPERATIVA DEL PROGRAMA PROSUR HÁBITAT - MODIFICACIÓN - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CONVENIO DE MANDA 4.538-08 - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - RAMIRO MASJUAN - COORDINADOR
Publicación:
14/09/2009
Sanción:
04/09/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: El Expediente N° 70.698/08, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 2.075/07 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el citado Decreto prevé entre las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, la de Programar y Coordinar la administración de los bienes y recursos humanos y materiales del Ministerio;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto que nos ocupa, la Corporación Buenos Aires Sur S.E. es un órgano fuera de nivel bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico;
Que, de acuerdo a la Ley N° 470, la precitada Corporación, tiene como responsabilidad primaria desarrollar actividades de carácter industrial, comercial, explotar servicios públicos con el objeto de favorecer el desarrollo humano, económico y urbano integral de la zona, a fin de compensar las desigualdades zonales dentro del territorio de la Ciudad de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 18 de la Constitución de la Ciudad, los lineamientos del Plan Estratégico y del Plan Urbano Ambiental, las previsiones del ordenamiento normativo y en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 8.1.2 del Código de Planeamiento Urbano en materia de renovación urbana;
Que, con fecha 20 de agosto de 2.008, el Ministerio de Desarrollo Económico y la Corporación Buenos Aires Sur S.E. celebraron el Convenio de Manda para la ejecución del Programa de Regularización y Ordenamiento del Suelo Urbano PROSUR Hábitat, registrado bajo el número 4538;
Que, mediante dicho convenio el mencionado Ministerio le encomienda a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. las tareas que sean necesarias para realizar las obras y acciones previstas en el Programa PROSUR Hábitat;
Que, teniendo en cuenta la magnitud de las tareas que le son encomendadas a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico por un lado, y la envergadura política, económica y social del Programa PROSUR Hábitat por el otro, sumado a las consecuencias perjudiciales que aparejaría el retardo en el despacho administrativo y la coordinación de las acciones y obras previstas, resulta necesario contemplar una instancia de asistencia y coordinación entre la citada Dirección General y la Corporación Buenos Aires Sur S.E.;
Que, por lo expuesto corresponde propiciar la creación de la Coordinación General Operativa del Programa PROSUR Hábitat con el fin de asistir al titular de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico;
Que, en este contexto, se propone la designación del Licenciado Ramiro Alfredo Masjuan, D.N.I. 25.188.633, CUIL. 20-25188633-5, ficha 419.042, como titular de la Coordinación General Operativa del Programa PROSUR Hábitat del Ministerio de Desarrollo Económico, a partir del 1° de junio de 2.009;
Que, por tal motivo procede el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Créase la Coordinación General Operativa del Programa PROSUR Hábitat, dentro de la órbita de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a partir del 1° de junio de 2.009, con una retribución equivalente al noventa y cinco por ciento (95%) de la retribución bruta del Director General de que depende, hasta tanto sean aprobados y cubiertos por concurso las estructuras inferiores de tal organismo.
Artículo 2°.- Asígnense las responsabilidades primarias a la Coordinación General Operativa del Programa PROSUR Hábitat, conforme se detalla en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Designase a partir del 1° de junio de 2.009, al Licenciado Ramiro Alfredo Masjuan, D.N.I. 25.188.633, CUIL. 20-25188633-5, ficha 419.042, como Coordinador de la Coordinación General Operativa del Programa PROSUR Hábitat, de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 4°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico, Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico, a la Corporación Buenos Aires Sur S.E., y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.