LEY 3110 2009
Síntesis:
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ADHIERE LEY NACIONAL 23302 - POLÍTICA INDÍGENA Y APOYO A LAS COMUNIDADES ABORÍGENES - DERECHOS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS - CONSTITUCIÓN NACIONAL Y CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO)
Publicación:
16/09/2009
Sanción:
06/08/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
07/09/2009
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N° 23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes sancionada por el Honorable Congreso de la Nación, propiciando los derechos de los Pueblos Originarios en consonancia con el artículo 75 de la Constitución Nacional y el artículo 32 de la Constitución de la Constitución de la Ciudad.
Art. 2°.- Facúltase al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a designar un representante para integrar el Consejo de Coordinación del Instituto de Asuntos Indígenas conforme el Art. 5° ap. 1, inc. f) de la Ley Nacional N° 23.302.
Art. 3.- Comuníquese, etc.- Olmos - Pérez
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2009.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3.110 (Expediente N° 1.061.612/09), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 6 de agosto de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 7 de septiembre de 2009.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas