DECRETO 819 2009
Síntesis:
SE ACEPTA RENUNCIA AL CARGO DE DIRECTOR VOCAL AD-HONOREM DEL DIRECTORIO DEL ENTE DE TURISMO - DIRECTORIO - TOMÁS PATRICIO RYAN - RENUNCIA DE FUNCIONARIOS
Publicación:
21/09/2009
Sanción:
15/09/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 819/09
Buenos Aires, 15 de septiembre de 2009.
VISTO: La Ley N° 2.627, el Decreto N° 249/08 y el Expediente N° 48.279/09, y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.627 se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura;
Que por el artículo 4° de la Ley citada, se estableció que el nombrado Ente sea dirigido por un Directorio integrado por doce (12) miembros, de los cuales uno es el Presidente del Ente, otro el Director Ejecutivo y los restantes son los Directores Vocales, pertenecientes cuatro (4) de ellos al Sector Estatal y seis (6) representantes del Sector Privado Turístico de la Ciudad
Que oportunamente mediante Decreto N° 249/08, se designó al señor Tomás Patricio Ryan, D.N.I. N° 8.249.718, CUIL 20-08249718-9, como Director Vocal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; perteneciente al Sector Estatal, en carácter Ad-Honorem;
Que el señor Tomás Patricio Ryan presentó, a partir del 12 de febrero de 2.009, la renuncia al cargo citado en el párrafo anterior;
Que el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presta la respectiva conformidad a la renuncia presentada;
Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la pertinente norma accediendo a lo requerido.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Acéptase a partir del 12 de febrero de 2.009, la renuncia presentada por el señor Tomás Patricio Ryan, D.N.I. N° 8.249.718, CUIL 20-08249718-9, al cargo de Director Vocal Ad-Honorem perteneciente al Sector Estatal, del Directorio del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Agradécese al funcionario dimitente los servicios prestados durante su gestión
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ministerio de Cultura y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.