RESOLUCIÓN 412 2009 SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LA INCORPORACION CON CARACTER PREVENTIVO AL CATÁLOGO DE INMUEBLES PATRIMONIALES A LOS INMUEBLES SITOS EN LAS CALLES AVALOS 250 Y ESMERALDA 1277

Publicación:

22/09/2009

Sanción:

03/09/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO


VISTO: La Nota N° 295-DGIUR-2009, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada nota se solicita la desestimación de los inmuebles sitos en de los inmuebles sitos en Avalos 250 (Sección 49, Manzana 014, Parcela 041b) y Esmeralda 1277 (Sección 03, Manzana 039, Parcela 006D), en razón de no reunir suficientes valores arquitectónicos, urbanísticos e históricos para su catalogación;

Que los inmuebles en cuestión se encuentran consignados en el Anexo I (Edificios Representativos del Ministerio de Cultura) y en el Anexo II (Edificios anteriores al año 1941) de la Ley N° 2548, Ref./ Se deja sin efecto la aprobación del despacho N° 830 Expediente N° 1753-D/06 y agregados, registrada baj o el proyecto de Ley N° 2519. Se ordena un procedimiento de Promoción Especial de Protección Patrimonial (PEPP);

Que Resolución N° 1-SSPLAN-2009 (BOCBA N° 3139) y Resolución N°612-SSPLAN-2009 (BOCBA N°3133) se incluyeron diversos inmuebles en el Catálogo

Preventivo, entre los cuales se encontraba el ubicado en la calle Avalos 250 perteneciente al Anexo I de la Ley 2548 y en Esmeralda 1277 correspondiente al Anexo II de la misma Ley;

Que en la reunión del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales del día 28 de Abril de 2009 se analizó en particular el caso de Avalos 250 y luego de un estudio pormenorizado se consideró que el inmueble no acredita valores suficientes como para propiciar su catalogación. No obstante, se reconocieron aspectos testimoniales que lo encuadrarían dentro de la Ley 1227, por lo que se acordó con su DESESTIMACIÓN para la catalogación, mediante Nota CAAP s/N° de la misma fecha;

Que en la reunión del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales del día 12 de Mayo de 2009 se analizaron los edificios anteriores al año 1941 correspondientes a la 3° Etapa y de dicha evaluación surgió que el edificio sito en Esmeralda 1277 no acredita valores arquitectónicos relevantes que ameriten su protección por lo que se acordó con su DESESTIMACIÓN mediante Nota S/N°-CAAP-2009 de la misma fecha;

Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios N° 2506 (B.O.C.B.A. N° 2824) y del Decreto N° 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. N° 2829), y la Resolución 243/MPyOP/06 continúa las funciones de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjese sin efecto la incorporación con carácter preventivo al Catálogo de Inmuebles Patrimoniales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los inmuebles sitos en Avalos 250 (Sección 49, Manzana 014, Parcela 041b) y Esmeralda 1277 (Sección 03, Manzana 039, Parcela 006D), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanística y a la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a esta Subsecretaría a los fines de notificar a los propietarios.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 412-09 deja sin efecto inmuebles incorporados al Catálogo de Inmuebles Patrimoniales por Res. 612-09
MODIFICA
Res. 412-09 deja sin efecto la incorporación de inmuebles al Catálogo de Inmuebles Patrimoniales dispuesta por Res. 1-09