DECRETO 832 2009

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - TITULAR - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - CENTRO DE ATENCIÓN AL INVERSOR - REGISTRO - INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL - DERECHOS - PIROVANO

Publicación:

25/09/2009

Sanción:

18/09/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° Nacional 22.362, la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, el Expediente N° 42.804/09, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.506 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenios Aire se creó, entre otros, el Ministerio de Desarrollo Económico, fijándose sus funciones y objetivos;

Que el Decreto N° 2.075/07 aprueba la estructura orgánico-funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad, estableciendo para la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico las funciones de, entre otras, planificar, instrumentar y coordinar políticas, programas, proyectos y actividades necesarios para la atracción de inversiones productivas a la Ciudad, así como la creación de procesos y políticas necesarias para brindar a los potenciales inversores un marco jurídico claro, transparente y expeditivo para realizar su actividad;

Que conforme lo anterior el Centro de Atención al Inversor de la mencionada Subsecretaría tiene como finalidad ofrecer asesoramiento e información a todos aquellos interesados en realizar negocios en la Ciudad, con el fin de facilitar la instalación, desarrollo e implementación de proyectos de inversión;

Que a efectos de un acabado cumplimiento de la finalidad mencionada, se debe posicionar al Centro de Atención al Inversor como referente obligado del Gobierno de la Ciudad para los inversores potenciales que evalúen invertir en la Ciudad, por lo que resulta necesario definir y promocionar su imagen institucional;

Que a tal fin, el régimen de propiedad de registro de marcas establecido por la Ley Nacional N° 22.362 y normas complementarias se presenta como una herramienta útil;

Que por cuestiones de celeridad y competencias específicas, resulta apropiado facultar al señor Subsecretario de Inversiones, Lic. Carlos Pirovano, a realizar todos los trámites necesarios o convenientes tendientes a registrar la marca del Centro de Atención al Inversor a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en virtud de la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Delégase en el titular de la Subsecretaría de Inversiones, Lic. Carlos Pirovano, la facultad de registrar ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la marca del Centro de Atención al Inversor, quedando facultado a suscribir toda la documentación necesaria para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan por el presente.

Artículo 2°.- Facúltase al titular de la Subsecretaría de Inversiones, Lic. Carlos Pirovano, a formular presentaciones ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial tendiente a salvaguardar los derechos de la Ciudad relativos a la inscripción antedicha.

Articulo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Arts 1 y 2 del Dto 832-09 delega facultad de registrar la marca del Centro de Atención al Inversor de la Subsecrearía de Inversión del MDE, estructura aprobada por Dto 2075-07 - Art 2 faculta a formular presentaciones</p>