LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2009
Síntesis:
DECLARACIÓN DE BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL - HOSPITAL SANTA LUCÍA - MONUMENTOS
Publicación:
28/09/2009
Sanción:
10/09/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Ley
(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
Artículo 1°.- Declarase como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA) al Hospital Santa Lucía, según la ley 1227 Art. 4 inc. b).
Art. 2°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89°, inciso 3 y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Santilli - Pérez
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