LEY 3054 2009

Síntesis:

APRUEBA CONVENIO FIRMADO CON EL AMERICAN COLLEGE OF OBSTETRICIANS AND GYNECOLOGISTS - CONVENIO 38-08 - CAPACITACIÓN DE PROFESIONALES - OBSTETRAS - GINECÓLOGOS - RESIDENTES - HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD - PROGRAMA DE OBJETIVOS EDUCACIONALES PARA MÉDICOS RESIDENTES EN OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

28/09/2009

Sanción:

23/04/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

20/05/2009


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el señor Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, y el American College of Obstetricians and Gynecologists, representado en dicho acto por su Presidente, Dr. Douglas H. Kirkpatrick, y su Vicepresidente, señor Ralph W. Hale, suscripto con fecha 23 de julio de 2008 y registrado bajo el N° 38/2008, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 23 de septiembre de 2009.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3.054, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 23 de abril de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 20 de Mayo de 2009.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3267

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
Artículo 1 de la Ley 3054, aprueba el Convenio 38-08.