RESOLUCIÓN 2274 2009 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE APRUEBA EL ACTA ACUERDO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE ELABORACIÓN DE COMIDAS Y POSTERIOR DISTRIBUCIÓN EN MESA, DESTINADO A ALUMNOS BECADOS Y PERSONAL AUTORIZADO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEPENDIENTES DE LA EX SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - PROVEEDOR SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL - LICITACIÓN PÚBLICA 964-SIGAF-05
Publicación:
30/09/2009
Sanción:
16/09/2009
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO, el Decreto N° 1059-GCBA/05 (BOCBA N° 2.237), la Resolución Conjunta N° 304-SED/SHyF-06 (BOCBA N° 2403) y el Expediente N° 2267/2008, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 1059-GCBA/05, el Sr. Jefe de Gobierno aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares elaborados por la Comisión de Estudios de Pliegos y Condiciones Especiales, dependiente de la entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas, para la contratación de un servicio de elaboración de comidas y posterior distribución en mesa, destinado a alumnos becados y personal autorizado de los establecimientos educativos dependientes de la ex Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectuar el pertinente llamado a licitación pública;
Que, mediante Resoluciones Conjuntas N° 304/SED-SHyF/06 del 01/03/2006 (BOCBA N° 2403) y N° 370/SED-SHyF/06 del 20/03/2006 (BOCBA N° 2416), se aprobó la Licitación Pública N° 964/SIGAF/2005, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 55 del Decreto-Ley N° 23.354/56, adjudicándose la contratación en cuestión;
Que, el proveedor SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL. resultó adjudicatario de la provisión de los servicios antes señalados, emitiéndose a su favor las Ordenes de Compra y los actos administrativos respectivos, instrumentos a través de los cuales ha sido perfeccionado el pertinente contrato;
Que por estos actuados tramita el procedimiento de revisión de precios de los servicios del contrato solicitados por el proveedor mediante nota que obra en el Registro N° 532426/DGAR/2007;
Que atento lo estipulado en el artículo 122 del Pliego de Bases y Condiciones -Cláusulas Particulares-, la empresa proveedora solicita la revisión de precios ante la existencia de distorsiones económicas operadas desde la consolidación del precio a la fecha del reclamo;
Que la redeterminación provisoria no se ha llevado a cabo, debido a que no fue solicitada por el proveedor;
Que se conformó la Comisión de Estudio integrada por representantes del Ministerio de Educación y del Ministerio de Hacienda, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 122 citado precedentemente;
Que la Comisión de Estudio de las variaciones de precios emitió su informe con las respectivas conclusiones;
Que han tomado las intervenciones pertinentes el Sr. Coordinador de la Unidad Técnica de Redeterminación de Precios y el Sr. Subsecretario de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda;
Que la Sra. Directora General de Proyectos y Servicios a las Escuelas aprobó el dictamen de la Comisión de Estudio, creada al efecto, del cual surge el incremento a aplicar en función de la variación de costos operada;
Que la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, ha tomado intervención procediendo a realizar la imputación presupuestaria objeto del gasto, conforme lo dispuesto por Resolución N° 2316/SHyF/2000;
Que con fecha 22 de abril de 2009 la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación y el proveedor procedieron a la suscripción de la respectiva Acta Acuerdo, ad referéndum del señor Ministro de Educación, en la que se fijan los porcentajes a aplicar a partir del 1° de noviembre de 2007, siendo del 12,48 % para el Servicio de Comedor, del 8,92 % para el Servicio de Desayuno; del 9,50 % para el Servicio de Colación y del 8,83 % para el Servicio de Refrigerio;
Que los porcentajes de incremento detallados en el considerando precedente son aplicables sobre los precios unitarios de las raciones adjudicadas mediante las Órdenes de Compra y los actos administrativos respectivos;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 1218 (BOCBA N° 1850);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5° del Decreto N° 265-GCBA-2005 (BOCBA N° 2141);
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVEN
Artículo 1°.-Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripta con fecha 22 de abril de 2009 por el señor Subsecretario de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el proveedor SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL., la cual como Anexo se agrega a la presente y como tal forma parte integrante de la misma.
Artículo 2°.- El gasto que demande la presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 3°.- Autorízase a SERVICIOS INTEGRALES FOOD AND CATERING SRL. a presentar ante la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda la facturación correspondiente al monto no percibido correspondiente a la redeterminación total conforme Acta Acuerdo aprobada por el artículo 1° de la presente.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en la Página Web y en el Boletín Oficial de la Ciudad, comuníquese al Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; a las Direcciones Generales de Coordinación Financiera y Contable, de Proyectos y Servicios a las Escuelas todas dependientes del Ministerio de Educación, notifíquese al proveedor peticionante, y remítase el Expediente a la Dirección General de Contaduría.
ANEXOS
ANEXO
El Anexo de la presente norma se encuentra en la SEPARATA del BOCBA 3269 DEL 30/09/2009