DISPOSICIÓN 150 2009 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

SE RECTIFICA LA RESOLUCIÓN N 164-ERSP/09

Publicación:

30/09/2009

Sanción:

22/09/2009

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


DISPOSICIÓN N°150 - DGCYC/09

Buenos Aires, 22 de septiembre de 2009.

VISTO: Visto el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto reglamentario N° 754/GCABA/08, el Decreto N° 1378/GCABA/08, la Resolución N° 164/EURSPCABA/09, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el Visto, el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el Cuadro de Competencias Aplicable a ese Ente (Art. 1°) y las Notas aclaratorias para la Utilización del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en las contrataciones con el mencionado organismo (Art. 2°);

Que el Artículo N° 138 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuso la creación del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad, instituido en el ámbito del Poder Ejecutivo, dotándolo de autarquía, personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal;

Que mediante la Ley N° 210 se regula el funcionamiento del mentado Ente;

Que por su parte, la Ley N° 2.095 establece las normas básicas que deben observarse para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de conformidad con lo establecido en su Art. 2, inciso a), dicho cuerpo normativo resulta de aplicación para las compras y contrataciones que celebra el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos;

Que mediante Decreto N° 754/GCBA/08 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley N° 2095, de aplicación obligatoria a todos los procedimientos de compras, ventas y contrataciones de bienes o servicios en los sectores involucrados en el Art. 2° de la ya citada Ley N° 2.095, quedando exceptuados los Poderes Legislativo y Judicial;

Que, en este orden, entre las funciones asignadas a la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra la de elaborar y aprobar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que, en uso de dichas facultades, este Órgano Rector dictó la Disposición N° 171/DGCyC/08 aprobando el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que tal como se señalara precedentemente, en el Artículo 2° de la Resolución N° 164/EURSPCABA/09 el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos aprobó las Notas aclaratorias para la Utilización del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en las contrataciones con el mencionado organismo;

Que la Procuración General en su Dictamen PG-N° 73.402 señala, con relación al Anexo II aprobado por el Artículo 2 de la Resolución N° 164/EURSPCABA/09, que contiene las notas aclaratorias para la utilización del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en las contrataciones con el Ente, las cuales no modifican en lo sustancial el Pliego aprobado por Disposición N° 171/DGCyC/08, ni desvirtúan sus previsiones;

Que sin embargo, el Órgano Legal de consulta indica, en razón de los términos del inciso b) del artículo 18 de la Ley N° 2095, que corresponde a este Órgano Rector proveer lo conducente para el dictado de la norma que convalide las aclaraciones efectuadas por el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos.

Por ello, y de acuerdo con los términos del Art. 18, incisos b) y j) de la Ley N° 2095,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Artículo 1°.- Ratifícase el Artículo 2° de la Resolución N° 164/2009 emitida por el Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Regístrese y remítase para su conocimiento al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cenzon

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 150/DGCYC/09 ratifica el Artículo 2° de la Resolución N° 164/ERSP/2009.</p>