DECRETO 863 2009
Síntesis:
SE CREA EL GABINETE JURÍDICO ESTRATÉGICO EN EL ÁMBITO DE LA JEFATURA DE GOBIERNO - CREACIÓN DE ORGANISMOS - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - MODIFICACIÓN - ANÁLISIS JURÍDICO - JEFE DE GOBIERNO - JEFE DE GABINETE DE ASESORES - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - PROCURADOR - PROCURACIÓN GENERAL - SECRETARIO DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SUBSECRETARIO DE LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - ASESOR LEGAL - REGLAMENTO - INTEGRANTES - REPRESENTANTES
Publicación:
08/10/2009
Sanción:
02/10/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 2506, el Decreto N° 2075/GCABA/07 y el Expediente N° 1.079.817/09, y
CONSIDERANDO:
Que en el análisis de aspectos jurídicos vinculados con la proyección, implementación y gestión estratégica de los actos de gobierno intervienen, según su materia de competencia, diversos organismos que integran el Gobierno de la Ciudad;
Que ciertas cuestiones jurídicas relacionadas con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por su complejidad y problemática ameritan un examen y consideración conjunta y complementaria por parte de diversos organismos, sobre las distintas modalidades o perspectivas desde las que se pueden abordar o tratar temas específicos de importancia institucional;
Que en ciertas situaciones el Jefe de Gobierno, su Jefe de Gabinete de Asesores o el Jefe de Gabinete de Ministros pueden requerir un debate jurídico profundo y el asesoramiento integral de la problemática que se presenta;
Que debe primar en este aspecto una visión integral de las cuestiones estratégicas, aplicando criterios de eficiencia y eficacia que sean conducentes para una adecuada gestión;
Que asimismo resulta útil y enriquecedor crear un espacio donde puedan aprovecharse con la mayor amplitud conocimientos y experiencias en el campo jurídico;
Que en ese marco, la visión de distintos profesionales y especialistas del derecho resulta valiosa ya que permite contar con nuevas y diversas perspectivas previo a la toma de decisiones por las autoridades políticas.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la Jefatura de Gobierno el Gabinete Jurídico Estratégico (en adelante el Gabinete).
Articulo 2°.- El Gabinete tendrá por objeto principal crear y desarrollar un ámbito propicio que permita analizar problemas o situaciones jurídicas específicas, que sean puestas a su consideración por el Jefe de Gobierno o por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- El Gabinete será presidido por el Jefe de Gabinete de Asesores de la Jefatura de Gobierno, y estará integrado por el Procurador General de la Ciudad, el Secretario Legal y Técnico, el Subsecretario de Justicia y un asesor legal de la Jefatura de Gobierno.
En ningún caso la designación implicará modificación del rango, remuneración o situación de revista del funcionario.
Artículo 4°.- El Gabinete sesionará periódicamente de acuerdo al reglamento de funcionamiento que dicte su Presidente y podrán participar de sus sesiones ordinarias o extraordinarias representantes de otros organismos de Gobierno y/o profesionales y/o académicos del Derecho que sean invitados por el mismo.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado el señor Ministro de Justicia y Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Procuración General, a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, para a su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese.