RESOLUCIÓN 2476 2009 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE APRUEBA RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA PLANTA DE PERSONAL TRANSITORIO DE ENFERMERÍA APROBADA POR DECRETO 604-09 - REMUNERACIÓN - RÉGIMEN HORARIO - CONDICIONES - ALCANCES DE LA LEY 471 - APRUEBA RECONOCIMIENTO DE SERVICOS - DELEGACIÓN DE FACULTADES - DELEGA EN EL MINISTRO DE SALUD LA FACULTAD PARA DESIGNAR - PRORROGAR Y CESAR AL PERSON

Publicación:

28/10/2009

Sanción:

13/10/2009

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: El Expediente N° 48.440-2009 y Agregados y el Decreto 604/09 por el que se declara la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que, por el articulo 5° del precitado Decreto se aprueba, a partir de la entrada en vigencia del mismo, y hasta el 31 de diciembre de 2009, una Planta de Personal Transitorio de Enfermería;

Que, resulta oportuno considerar que a raíz de la Emergencia Sanitaria, es necesario establecer un régimen especial que brinde una descripción de los derechos y obligaciones de los integrantes de dicha planta transitoria;

Que teniendo en cuenta, que el personal propuesto se encuentra desempeñando funciones en dicha planta, resulta necesario aprobar un Régimen Especial;

Que por otra parte, el artículo 4° del precitado Decreto, autoriza a los distintos nosocomios a convocar con carácter de excepción al personal de enfermería jubilado en los 3 últimos años, para desempeñar servicios que será abonados mediante el Sistema Modular de Enfermería;

Que al propio tiempo y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, procede a reconocer los servicios prestados y designar al personal involucrado en distintos periodos conforme lo prescripto en el articulo 8° del Decreto en cuestión

Que, a tal efecto procede realizar el acto administrativo pertinente.

Por ello, conforme las facultades conferidas por el Decreto N° 604/09

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA Y

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébase el Régimen Especial para la Planta de Personal Transitorio de Enfermería aprobada por Decreto 604/09, dependiente del Ministerio de Salud.

Artículo 2°.- El personal encuadrado en el presente Régimen, percibirá mensualmente una única retribución asignada por todo concepto, de carácter remunerativo y objeto de los aportes y contribuciones previstos por las normas legales de carácter previsional y social vigentes, y será la que se indica en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Este personal transitorio carecerá de estabilidad, cesando automáticamente el 31 de diciembre de 2.009 y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa. Tendrá los mismos derechos y obligaciones previstos en el Capitulo III Del Ingreso; artículos 7°, 8°, Capitulo IV Derechos y Obligaciones artículos 9° incisos a, b, f, g, k, m y o, artículos 10° incisos a, b, c, d, e, f, g, h, k, l, m, n, ñ y o, artículos 11°, 12° y 13°, Capitulo VI Del Régimen De Licencias artículo 16° incisos a, b, c, e, f, g, h, i y l, artículos 19°, 20°, 22°, 23°, 24°,25°, 26°, 27°, 28° y 30°, de la Ley N° 471, dejándose establecido que estas licencias no podrán exceder los plazos de designación y se otorgarán proporcionalmente al real tiempo trabajado.

Artículo 4°.- Déjase establecido que el Régimen Horario al que se ajustarán las prestaciones de este personal, será el que se detalla en el Anexo II que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- No podrán ingresar en este carácter, los agentes de Planta Permanente, Transitoria o cualquier modalidad de Contrato o que tengan relación de empleo o contratación en el Orden Nacional, Provincial o Municipal.

Artículo 6°.- Establécese que las designaciones que surjan de la Planta aprobada por la presente Resolución, serán por el término de 60 días y podrán ser renovables por periodos iguales. Las sucesivas designaciones no dan derecho a la transformación de la misma por plazo indeterminado.

Artículo 7°.- Reconócense los servicios prestados a partir de diferentes fecha y hasta el 31 de agosto de 2009, por el personal de la Planta Transitoria de Enfermería dependiente del Ministerio de Salud de conformidad con el presente Régimen de acuerdo al detalle que obra como Anexo III que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 8°.- Designase a partir del 01 de septiembre y hasta el 31 de octubre de 2009, por el personal de la Planta Transitoria de Enfermería dependiente del Ministerio de Salud de conformidad con el presente Régimen de acuerdo al detalle que obra como Anexo IV que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 9°.- La Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, del Ministerio de Salud, será la responsable de extender las certificaciones que permitan dichas incorporaciones, para ello se deberá requerir a cada postulante la confección de una declaración jurada de cargos. Una vez efectuada la depuración que corresponda las actuaciones serán giradas a la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, para el proyecto de la norma correspondiente.

Artículo 10°.- La Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, del Ministerio de Salud, deberá comunicar a la Ex-Dirección Liquidación de Haberes de la Dirección General de Administración dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, mensualmente la prestación modular cumplida, por el personal jubilado encuadrado en el articulo 4 del Decreto N° 604/09.

Artículo 11°.- Facúltase al señor Ministro de Salud para designar, prorrogar y cesar al personal que fuera designado conforme lo prescripto por el Artículo 2° de la presente Resolución.

Artículo 12°.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, tomará losrecaudosnecesariosconrelaciónalo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 13°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3288

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Art 1 del Dto 921-10 Prorroga las designaciones realizadas en la Planta de Personal Transitorio de Enfermería mediante Anexo IV de la Res 2476-MS-MH-09 -hasta el 31 de diciembre de 2011
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 2476-MSGC-MHGC-MJGGC-09, aprueba el Régimen Especial para la Planta de Personal Transitorio de Enfermería, aprobada por Decreto 604-09.</p>
RATIFICADA POR
Dec. 109-09 Mantiene la vigencia del Régimen Especial para la Planta de Personal Transitorio de Enfermería, establecido mediante Res. 2476-MHGC-MSGC-09