DISPOSICIÓN 118 2009 DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA
Síntesis:
CREA CUERPO DE INSPECTORES PARA DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA - CONTRAVERIFICAR -INSPECCIONAR Y CONTROLAR CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA EXISTENTE EN MATERIA DE HIGIENE Y LIMPIEZA EN VÍA PÚBLICA RESPECTO A EMPRESAS CONCESIONARIAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA.
Publicación:
23/11/2009
Sanción:
02/11/2009
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA
VISTO la NOTA N° 2087-DGLIM-09, la NOTA N° 134.405-DGLIM-09 y lo dispuesto por el Decreto GCBA N° 2075/07 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que en la Nota N° 2087-DGLIM-09 obra la propuesta de personal a afectarse como Inspectores de la Dirección General de Limpieza;
Que en la Nota N° 134.405-DGLIM-09 se recalca la solicitud de otorgamiento del incentivo por función de contraverificación (inspección) en vía pública y se adjunta el listado del personal involucrado.
Que mediante el Decreto N° 2075-GCBA-07 se aprobaron las responsabilidades primarias de las áreas dependientes de los respectivos ministerios creados, estableciéndose a tal efecto una reestructuración de objetivos, competencias y responsabilidades hasta nivel de Dirección General inclusive;
Que por dicho decreto se asignó a la Dirección General de Limpieza, entre otras, las misiones y funciones de inspeccionar la correcta ejecución del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos húmedos y secos dispuestos en la vía pública y su transporte en las zonas concesionadas, inspeccionar las denuncias y/o anomalías que se presenten en dicho servicio, disponiendo las medidas necesarias para lograr el estado de limpieza dentro de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; además de colaborar en el desarrollo de políticas de concientización y educación a través de los programas de relaciones con la comunidad en materia de higiene urbana, incluyendo programas de difusión y educación;
Que en atención a lo expuesto y en orden a las competencias y responsabilidades asignadas resulta indicado por razones operativas dotar a los agentes dependientes de esta Dirección General -que consta de veinticuatro (24) agentes-, de la facultad de contraverificar (inspeccionar) y controlar el cumplimiento de la normativa en materia de higiene y limpieza en vía pública respecto de las empresas concesionarias del Servicio Público de Higiene Urbana.
Por ello y en uso de sus atribuciones que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE LIMPIEZA
DISPONE:
Artículo 1°: Créase el Cuerpo de Inspectores de la Dirección General de Limpieza integrado por los agentes detallados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Subsecretaría de Higiene Urbana, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las áreas dependientes de esta Dirección General de Limpieza. Cumplido, archívese.