DECRETO 1021 2009
Síntesis:
SE RECTIFICA EL PUNTAJE DEL POSTÍTULO ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE LA SINIESTRALIDAD ACCIDENTAL Y SOCORRISMO EN EL ÁMBITO ESCOLAR - APÉNDICE XIV DEL ANEXO DE TÍTULOS APROBADO POR DECRETO N° 449-09- POSTÍTULOS DOCENTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
23/11/2009
Sanción:
17/11/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: el Decreto N° 449/09, la Resolución N° 3362-MEGC/07 y el Expediente N° 45.346/2009, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 449/09 se aprobó el Apéndice XIV del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante al ingreso y a la designación para el desempeño de interinatos y suplencias en todas las áreas de la educación dependientes del Ministerio de Educación;
Que el referido Anexo de Títulos, fue aprobado por Decreto N° 1205-MCBA/86 y actualizado con la elaboración de sucesivos Apéndices, el último de los cuales fue aprobado por el Decreto detallado precedentemente, a propuesta de la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, dependiente del Ministerio de Educación;
Que el mencionado Apéndice XIV del Anexo de Títulos, valoró con 0,75 puntos el postítulo Especialización Superior en Prevención de la Siniestralidad Accidental y Socorrismo en el Ámbito Escolar, presentado por el Instituto Superior Edusalud de Ciencias de la Salud para la Educación (A-1283), cuyo plan de estudios fuera aprobado por Resolución N° 3362-MEGC/07 (v. art. 1°);
Que el Ministerio de Educación, a través de la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, solicitó la rectificación del puntaje asignado al mencionado postítulo -a modo de fe de erratas- el cual debe ser valorado con 1,50 puntos, en el rubro Otros Títulos para todas las Áreas de la Educación;
Que por constituir un error material de los órganos con competencias específicas sobre la materia, corresponde proceder a la rectificación solicitada;
Que ha tomado la intervención que le corresponde la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación.
Por ello, y en uso de las facultades que le confieren los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Rectifícase el puntaje del postítulo Especialización Superior en Prevención de la Siniestralidad Accidental y Socorrismo en el Ámbito Escolar, asignado en el Apéndice XIV del Anexo de Títulos aprobado por Decreto N° 449/09 el cual será valorado con 1,50 puntos en el rubro Otros Títulos para todas las Áreas de la Educación.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Educación y por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.