DECRETO 1061 2009

Síntesis:

SE FACULTA AL TITULAR DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA A RESOLVER LAS TRAMITACIONES REFERIDAS A TRANSFERENCIAS Y CAMBIOS DE DESTINO DE PERSONAL - TRASLADOS

Publicación:

10/12/2009

Sanción:

27/11/2009

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Los Decretos N° 1133/07, N° 948/05, N° 96/09 y N° 224/09, las Resoluciones N° 959/MHGC/07, N° 1924/MHGC/07, N° 28/SECLYT/09 y N° 77/SECLYT/09, la Disposición N° 499-DGRH/06 y su modificatoria N° 178-DGRH/07 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.133/07 se estableció el régimen para la tramitación de transferencias, comisiones de servicio y adscripciones del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 948/05 se adecuaron los contratos de locaciones de servicios vigentes al 31 de diciembre de 2004 al régimen establecido en la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471;

Que posteriormente, por las Resoluciones N° 959-MHGC/07 y N° 1.924-MHGC/07 se instrumentó un censo de las personas que se desempeñaban en el Gobierno de la Ciudad bajo el régimen de locación de servicios, vigentes a la fecha del dictado de la primera de las citadas normas y se dispuso su adecuación al régimen previsto en el artículo 39 de la Ley precedentemente mencionada, respectivamente;

Que asimismo mediante la Disposición N° 499-DGRH/06 y su modificatoria N° 178-DGRH/07 se estipuló el procedimiento para el cambio de destino de los agentes que revistan conforme lo establecido en los párrafos precedentes;

Que por el Decreto N° 96/09 se transfirió la Dirección General de Escribanía General de la órbita del Ministerio de Hacienda a la Secretaría Legal y Técnica, con el presupuesto, patrimonio y personal afectado a la citada Dirección General;

Que en otro orden de ideas por el Decreto N° 224/09 se suspendió hasta el 31 de Diciembre de 2009 el inicio de actuaciones que propicien transferencias, comisiones de servicios, adscripciones y cambios de destino del personal de planta permanente o con contrato de empleo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de las relacionadas con tareas de custodia y seguridad de bienes, inspectores de tránsito, auxiliares de portería, guardianes de plaza y administrativos de hospital y de las otorgadas al personal comprendido en el Estatuto del Docente aprobado por Ordenanza N° 40.593 o en la Carrera de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41.455;

Que por Resolución N° 28/SECLYT/09 se procedió a unificar las Áreas Mesa de Entradas dependiente de las Direcciones Generales Técnica y Administrativa y de Coordinación Legal de la Secretaría Legal y Técnica, bajo la órbita del Área Mesa de Entradas dependiente de la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica y Administrativa de dicha Secretaría;

Que asimismo por la citada Resolución se unificaron las Áreas de Personal dependiente de las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, Técnica y Administrativa y de Coordinación Legal de la Secretaría Legal y Técnica, en el Área de Personal dependiente de Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica y Administrativa de la citada Secretaría;

Que las medidas dispuestas por la Resolución N° 28/SECLYT /09 tuvieron en mira el reordenamiento y la racionalización de los recursos de las citadas reparticiones;

Que posteriormente a fin de lograr una mayor eficiencia en la prestación de los servicios y en virtud de las responsabilidades primarias asignadas a la Dirección General Técnica y Administrativa, entre las cuales se encuentra la administración de los bienes y recursos de la Secretaría Legal y Técnica, se dictó la Resolución N° 77/SECLYT/09 por la cual se dispuso la unificación de las Áreas Mesa de Entradas, Personal y Contable, dependientes de la Dirección General de Escribanía General en las Áreas de Mesa de Entradas, Personal y Programación y Control, respectivamente, dependientes de la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica;

Que sin perjuicio de lo expuesto resulta necesario proceder a reordenar la situación del personal que se desempeña en las dependencias que han sido objeto de las mentadas unificaciones, a fin de que el mismo revista en la unidad orgánica de la Secretaría Legal y Técnica en la cual efectivamente se desempeña;

Que a tales fines resulta conveniente facultar al Sr. Secretario Legal y Técnico a resolver mediante acto administrativo, las tramitaciones referidas a transferencias y cambios de destino del personal que se desempeña en las unidades orgánicas de la Secretaría a su cargo, ya sea que se trate de personal comprendido en la Ley N° 471, como asimismo en el Régimen de Contratos por tiempo Determinado (Decreto N° 948/05 y Resolución 1954/MHGC/07);

Que en esta inteligencia se estima necesario exceptuar a las mentadas tramitaciones de la suspensión establecida por el Decreto N° 224/09.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Facúltase al titular de la Secretaría Legal y Técnica a resolver mediante acto administrativo, las tramitaciones referidas a transferencias y cambios de destino del personal que reviste en las unidades orgánicas de la Secretaría a su cargo, ya sea que se trate de personal comprendido en la Ley N° 471, como asimismo en el Régimen de Contratos por tiempo Determinado (Decreto N° 948/05 y Resolución 1954/MHGC/07).

Artículo 2°.- A los fines expuestos en el artículo 1° del presente, exceptúense las prescripciones del Decreto N° 224/09

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplído, archívese.