LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2009
Síntesis:
DECLARA AL INMUEBLE LA BOTICA DEL ANGEL SITO CALLE LUIS SÁENZ PEÑA 541. - BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
10/12/2009
Sanción:
26/11/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Ley
(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
Artículo 1°.- Declárase Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires en la categoría monumentos, en los términos del Inciso b) del Artículo 4° de la Ley 1.227, al inmueble La Botica del Angel, ubicado en la calle Luis Sáenz Peño 541.
Art. 2°.- Publiquese y cumplase con lo dispuesto en los Arts. 89 y 90 Inciso 3, de la Constitucion de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.SANTILLI - PÉREZ