LEY 3297 2009

Síntesis:

DEROGACIÓN DE LA LEY 1726 - ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD FISCAL - OBLIGATORIEDAD - OBLIGACIÓN - PODER EJECUTIVO - DEBER DE INFORMAR A LA LEGISLATURA - INFORMACIÓN - STOCK DE LA DEUDA PÚBLICA - DEUDA FLOTANTE - PROGRAMAS BILATERALES DE FINANCIAMIENTO - PAGOS DE SERVICIOS POR AMORTIZACIONES E INTERESES - ACREEDORES

Publicación:

11/12/2009

Sanción:

26/11/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

10/12/2009


Esta norma no posee texto actualizado porque no ha sido modificada desde su consolidación e incorporación al Digesto Jurídico de la Ciudad.

TEXTO CONSOLIDADO

Texto consolidado según la Ley 6.764 (5° actualización del Digesto Jurídico)
Rama: Económico, Financiero y Tributario

Versión vigente: 29 de febrero de 2024

Si no visualiza alguno de los textos puede solicitarlo enviando un correo a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Derógase la Ley 1.726 de adhesión al Régimen de Responsabilidad Fiscal.

Art. 2°. - El Poder Ejecutivo deberá informar a la Legislatura de la Ciudad trimestralmente y en forma adicional a lo ordenado por el Artículo 67 de la Ley 70: información sobre el stock de la deuda pública, incluida la deuda flotante, como así también los programas bilaterales de financiamiento y los pagos de servicios por amortizaciones e intereses, detallando en todos los casos el tipo de acreedores.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
DEROGA
<p>Art. 1 de la Ley 3297, deroga la Ley 1726.</p>