LEY 3297 2009
Síntesis:
DEROGACIÓN DE LA LEY 1726 - ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD FISCAL - OBLIGATORIEDAD - OBLIGACIÓN - PODER EJECUTIVO - DEBER DE INFORMAR A LA LEGISLATURA - INFORMACIÓN - STOCK DE LA DEUDA PÚBLICA - DEUDA FLOTANTE - PROGRAMAS BILATERALES DE FINANCIAMIENTO - PAGOS DE SERVICIOS POR AMORTIZACIONES E INTERESES - ACREEDORES
Publicación:
11/12/2009
Sanción:
26/11/2009
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
10/12/2009
Esta norma no posee texto actualizado porque no ha sido modificada desde su consolidación e incorporación al Digesto Jurídico de la Ciudad.
TEXTO CONSOLIDADO
Texto consolidado según la Ley 6.764 (5° actualización del Digesto Jurídico)
Rama: Económico, Financiero y Tributario
Versión vigente: 29 de febrero de 2024
Si no visualiza alguno de los textos puede solicitarlo enviando un correo a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Derógase la Ley 1.726 de adhesión al Régimen de Responsabilidad Fiscal.
Art. 2°. - El Poder Ejecutivo deberá informar a la Legislatura de la Ciudad trimestralmente y en forma adicional a lo ordenado por el Artículo 67 de la Ley 70: información sobre el stock de la deuda pública, incluida la deuda flotante, como así también los programas bilaterales de financiamiento y los pagos de servicios por amortizaciones e intereses, detallando en todos los casos el tipo de acreedores.
Art. 3°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez