RESOLUCIÓN 7618 2009 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

NORMA DEROGADA - DELEGA EN EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN LA FACULTAD DE EMITIR ACTOS ADMINISTRATIVOS - COMPETENCIA ASIGNADA AL MINISTRO DE EDUCACIÓN

Publicación:

21/12/2009

Sanción:

18/12/2009

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la ley de Ministerios N° 2.506, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, el Decreto N° 2.075/07 y sus modificatorios y el Decreto N° 1.106/09, y

CONSIDERANDO:

Que conforme el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, por el cual se establece la Ley de Procedimientos Administrativos, y el artículo 14 de la Ley 2.506, los Ministros pueden delegar facultades a sus inferiores jerárquicos;

Que conforme el Decreto N° 1.106/09 el Secretario de Educación tiene la responsabilidad primaria de asistir al Ministro de Educación en todo lo inherente a sus competencias y en las que éste le delegue, y asimismo tiene a su cargo la planificación y administración de los recursos del sistema educativo;

Que ante el cúmulo de tareas administrativas a las que se encuentra abocado este

Ministerio de Educación, se hace necesario delegar en el Secretario de Educación la facultad de emitir diversos actos administrativos cuya competencia es asignada al

Ministro de Educación.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Delégase en el Secretario de Educación la facultad de emitir todos los actos administrativos cuya competencia es asignada al Ministro de Educación en virtud de las siguientes normas y las que en el futuro las modifiquen:

a. Ley N° 2.095 y su Decreto reglamentario N° 754/08.

b. Decreto 325/08, reglamentario de la Ley Nacional N° 13.064.

c. Decreto 2143/07, y sus modificatorios 329/08 y 400/08.

d. Las que surgen del artículo 70 incisos l) y o) de la Ordenanza N° 40.593 y sus modificatorias; y aquellas que emanan de los Artículos 6°, incisos e) y h); 7°, inciso ch; 16, punto V; 20, inciso c); 22, inciso a); 30, puntos II y III; 31, punto IV; 32, punto IV; 35, punto I; 39; 66, puntos I inciso c) y II; 67, punto I; y 70, puntos 2 y 4; de la Reglamentación de la citada Ordenanza N° 40.593.

e. Decreto 393/09 y modificatorios, en relación con la remisión de pagos vinculados a becas, pasantías, educación de gestión privada y transferencias del Gobierno Nacional.

f. 524/96 y modificatorios, en relación con la asignación de responsables de fondos (cajas chicas).

g. Decreto 999/08 y modificatorios, en relación con la aprobación de los trámites por pasajes y viáticos.

h. Normas anuales de ejecución presupuestaria.

Artículo 2°.-. La delegación de competencias que se dispone en el articulo 1° no obsta a las facultades del Sr. Ministro de Educación de avocarse al conocimiento y decisión de las atribuciones que por este acto se delegan, así como de solicitar al Secretario de Educación la remisión de informes con la periodicidad que estime conveniente sobre el ejercicio de las facultades delegadas.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
La Res 7618-MEGC-09 delega en el Secretario de Educación la facultad de emitir actos administrativos competencia asignada al Ministro de Educación en el marco del Dec 1106-09
DEROGADA POR
Res. 2-MEGC-10 deroga la Res. 7618-MEGC-09