LEY 3287 2009

Síntesis:

INSTITUYE DÍA 26 DE SEPTIEMBRE - TALLERES PROTEGIDOS DE REHABILITACIÓN EN SALUD MENTAL - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

30/12/2009

Sanción:

26/11/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/12/2009


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Institúyese el día 26 de septiembre como Día de los Talleres Protegidos de Rehabilitación en Salud Mental

Art. 2.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez


Buenos Aires, 23 de diciembre de 2009.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 3.287 (Expediente N° 1.482.523/09), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 26 de Noviembre de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 22 de Diciembre de 2009.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros y remítase al Ministerio Salud. Cumplido, archívese.Clusellas