RESOLUCIÓN 147 2009 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

APRUEBA EL ORDEN DE MÉRITO DE LOS PROYECTOS DE NEGOCIOS DE EMPRENDEDORES PRESENTADOS POR LAS ENTIDADES PATROCINADORAS EN EL MARCO DE LA OPERATORIA BAITEC 2009

Publicación:

04/01/2010

Sanción:

23/12/2009

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO: el Decreto N° 923/05, la Resoluciones Nros. 48/SSDE/09, 73/SSDE/09 y

85/SSDE/2009 y los expedientes Nros. 1372778, 1372786, 1372789, 1372794,

1372800, 1372833, 1372850, 1372835, 1372902, 1372906, 1376701841, 1376727, 1378400, 1378407, 1378417, 1378418, 1378422, todos del años 2009;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto citado creó el Programa Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objetivo de desarrollar acciones que permitan mejorar las capacidades de gestión de las organizaciones sin fines de lucro que prestan apoyo y asistencia a las empresas pyme porteñas;

Que en el marco del mencionado Programa y por la Resolución N° 48/SSDE/09 se convocó a la Operatoria BAITEC 2009, con el objetivo de seleccionar entidades que actúen como patrocinadoras de proyectos de negocios de base tecnológica (PNBT);

Que, por Resolución N° 73/SSDE/2009 se aprobaron las propuestas de selección y tutoría de tres entidades interesadas en participar del presente programa en carácter de patrocinantes de proyectos;

Que por medio de la Resolución N° 85/SSDE/2009 se establecieron las Bases y Condiciones a las que debieron ajustarse las presentaciones de proyectos de emprendedores de base tecnológica por parte de las Entidades Patrocinantes en el marco de la Operatoria BAITEC 2009, establecida por Resolución N° 48/SSDE/2009;

Que el artículo 6° de la Resolución N° 48/SSDE/2008 estableció que los proyectos que sean aprobados por la Autoridad de Aplicación serán incubados temporalmente en las intalaciones de BAITEC, la Incubadora de Empresas de Base Tecnológica dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, de las evaluaciones realizadas se establecieron los puntajes otorgados a los proyectos oportunamente presentados;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el orden de mérito de los proyectos de negocios de emprendedores de base tecnológica presentados por las entidades patrocinadoras en el marco de la Operatoria BAITEC 2009, de acuerdo con los respectivos puntajes que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente. Determinanse como seleccionados en función del cupo presupuestario destinado a la Operatoria BAITEC 2009- a los proyectos que ocuparon hasta el puesto décimosegundo (12°) del referido escalafón, inclusive.

Artículo 2°.- Apruébense los montos a ser transferidos en concepto de Aportes No Reembolsables (ANRs) a favor de las Entidades Patrocinantes que se consignan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I (Bases y Condiciones) de la Resolución N° 48/SSDE/09, en concepto de tutorías de los proyectos aprobados en el artículo 1°.

Artículo 3°.- Establécese que los proyectos de negocios de base tecnológica que se indican en el Anexo I deberán establecerse y estar funcionando a pleno en las instalaciones de BAITEC antes del 15 de marzo de 2010.

Artículo 4°.- Aclárase que en caso que alguno de los proyectos de negocios de base tecnológica seleccionados conforme lo previsto en el artículo 1° renuncie a instalarse en BAITEC o bien no complete su instalación antes de la fecha indicada en el artículo anterior, las eventuales vacantes que se produzcan podrán ser asignadas por la autoridad de aplicación en función del puesto que ocuparon los respectivos proyectos en el orden de mérito que se detalla en el Anexo I.

Artículo 5°.- Déjase constancia que las entidades patrocinantes de proyectos de negocios de emprendedores de base tecnológica, a fin de ser consideradas como beneficiarias de los Aportes No Reembolsables indicados en el Anexo II, deberán acreditar previamente la constitución íntegra y correcta de un seguro de caución a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto equivalente a la suma de los Aportes No Reembolsables previstos en el artículo 2° que precibirán en concepto de tutoría de los proyectos durante su incubación en BAITEC.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio oficial de esta Subsecretaría (www.buenosaires.gob.ar/ssde), pase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Desarrollo Económico y a la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica. Asimismo, notifíquese a los interesados. Cumplido, prosígase el trámite por la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la Separata del Boletín Oficial N° 3332

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 147-09 aprueba el Orden de mérito de los proyectos de negocios de emprendedores presentados en el marco de la Operatoria BAITEC 2009, aprobada por Res. 48-09
INTEGRADA POR
La Res 151-SSDE-09 aprueba Reglamento Marco y aprueba orden de mérito de proyectos de emprendedores en el marco del art 1° Res 147-SSDE-09