LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2009

Síntesis:

CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO AL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE SOLÍS 1478-80 - INCORPORA EL INMUEBLE CITADO AL LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS DEL CPU

Publicación:

07/01/2010

Sanción:

03/12/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalógase con nivel de Protección Cautelar en los términos establecidos por la Sección 10 Protección Patrimonial del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al inmueble ubicado en la calle Solís 1478/80, Sección 14, Manzana 12, Parcela 2B de esta Ciudad.

Art. 2°.- Incorpórase el inmueble citado en el artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo asentará en la Documentación Catastral correspondiente la catalogación establecida en el artículo 1°.

Art. 4°.- La ficha de catalogación N° 14-12-2b, obrante como Anexo I, forma parte de la presente Ley a todos sus efectos.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los Artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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