RESOLUCIÓN 2100 2009 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
Síntesis:
APRUEBA ACTA ACUERDO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - REDETERMINACIONES OCTAVA SERVICIOS BÁSICOS DEL CONTRATO Y QUINTA NUEVOS SERVICIOS - CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL SA-CLIBA - LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL N° 06-03 - ZONA 1 - OBRA SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
12/01/2010
Sanción:
30/12/2009
Organismo:
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO
VISTO: el Expediente N° 31.669/09, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del visto tramitó la presentación de CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. (CLIBA); referida a la solicitud de reconocimiento de mayores costos de la obra Servicio Público de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ZONA 1-, en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 06/03;
Que la contratista alegó una variación de precios respecto de la obra, que fueran oportunamente aprobados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y ejecutados por esa empresa, la que ha afectado al contrato de la referencia;
Que la readecuación de precios solicitada encuentra amparo en lo dispuesto por el Artículo 62 del Pliego de Bases y Condiciones en su nueva redacción conforme lo establecido en la Cláusula Décimo Octava del Acuerdo aprobado por Decreto N° 154-GCBA/07 (B.O.C.B.A N° 2.616);
Que la mencionada Cláusula establece que la revisión del precio procederá cuando la prestación se torne excesivamente onerosa y se acredite el desequilibrio contractual, esto es cuando la distorsión supere el 5%;
Que la citada empresa entiende que la variación de los costos entre los valores vigentes a julio de 2008 (mes de la última redeterminación) y los costos de diciembre de 2.008 alcanzaría el 6.66%;
Que habiendo intervenido la Comisión de Redeterminación de Precios, dependiente de la UPE - Redeterminación de Precios, del Ministerio de Hacienda, se suscribió el Acta Acuerdo correspondiente a la 8va. redeterminación de precios de los servicios básicos del contrato y de la 5ta. redeterminación de precios de los nuevos servicios (según acta acuerdo de readecuación del Servicio de Higiene Urbana- Decreto N° 154/GCBA/07), entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el ex Subsecretario de Higiene Urbana y la a empresa contratista, ad referendum de este Ministerio;
Que en virtud del Acta Acuerdo suscripta, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoció la ruptura del equilibrio económico-financiero y el derecho a gestionar el potencial impacto que podría generarse;
Que al amparo de lo establecido en el Artículo 62 del Pliego de Bases y Condiciones, en su nueva redacción conforme lo establecido en la Cláusula Décimo Octava del Acuerdo aprobada por Decreto N° 154-GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.616), el entonces Ministro de Medio Ambiente resultaba competente para dictar el acto administrativo que resolviera sobre las redeterminaciones de precio;
Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 2.075 (B.O.C.B.A N° 2.829), las facultades mencionadas en el considerando anterior fueron asumidas por el Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó intervención conforme las prescripciones de la Ley 1.218-GCABA (B.O.C.B.A. N° 1.850);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas mediante el Artículo 2° del Decreto N° 948-GCBA/08 (B.O.C.B.A N° 2.989),
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Artículo 1°.-Apruébase el Acta Acuerdo correspondiente a la 8va. redeterminación de precios de los servicios básicos del contrato y de la 5ta. redeterminación de precios de los nuevos servicios (según acta acuerdo de readecuación del Servicio de Higiene Urbana- Decreto N° 154/GCBA/07) suscripta por el ex Subsecretario de Higiene Urbana, Eduardo Eugenio Terreni, y CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. (CLIBA), en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 06/03, en la obra Servicio Público de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ZONA 1-, que como Anexo forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio Internet del Gobierno de laCiudad de Buenos Aires, comuníquese a la UPE - Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda y pase para su notificación a la empresa CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. (CLIBA) y demás efectos al área de Redeterminación de Precios de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese.