LEY 3382 2009

Síntesis:

MODIFICACIÓN  LEY 12 - LEY DE PROCEDIMIENTO CONTRAVENCIONAL - RECURSOS ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR - PARTES INTERVINIENTES - APELACIONES ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

21/01/2010

Sanción:

03/12/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

15/01/2010

Estado:

No vigente


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Modifíquese el art. 53 de la Ley 12, el que queda redactado de la siguiente manera:
Dentro de los cinco (5) días de la sentencia definitiva, las partes podrán interponer fundadamente ante el Tribunal Superior de Justicia los recursos previstos en los incisos 4 y 5 del art. 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 3382, modifica el Art. 53 de la Ley 12, TO aprobado por Decreto 452-99.</p>