DECRETO 92 2010
Síntesis:
APRUEBA NORMAS ANUALES DE EJECUCIÓN Y APLICACIÓN - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN - AÑO 2010 - EJERCICIO 2010 - AMPLIACIONES - MODIFICACIONES - ASIGNACIONES DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS - CREDITOS - AFECTACIONES - DELEGACIÓN DE FACULTADES - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - OGEPU - COORDINACIÓN OFICINAS DE GESTIÓN SECTOEIAL - OGESE
Publicación:
27/01/2010
Sanción:
18/01/2010
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 3.395, promulgada por el Decreto N° 1.169/GCBA/09, mediante la cual se aprobó el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 29 de la citada Ley, corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2010;
Que, de acuerdo con las disposiciones de la Ley N° 3.395, el Poder Ejecutivo está autorizado para efectuar ampliaciones y reestructuraciones del presupuesto, así como para delegar algunas de dichas atribuciones a los fines de agilizar la gestión.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1° - Apruébanse las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2010, que, como Anexo I, forman parte integrante del presente.
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.- Macri - Grindetti - Rodriguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3349