RESOLUCIÓN 35 2010 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SE APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE INFORMACIONES SUMARIAS Y SUMARIOS ADMINISTRATIVOS - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA CIUDAD - RÉGIMEN DISCIPLINARIO -
Publicación:
12/04/2010
Sanción:
03/03/2010
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO: la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70, la Ley 325, el Decreto N° 3.360/MCBA/68, el Estatuto del Personal de la AGCBA (T.O. Resolución AGC N° 200/04 y modificatorias), el Expediente N° 036/10, las decisiones del Colegio de Auditores Generales conformadas en sus sesiones de fechas 9 de septiembre, 3 y 11 de noviembre de 2009 y 3 de marzo de 2010 y;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 135 determina que la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires es un organismo con autonomía funcional y financiera;
Que de la referida categorización autonómica surge inherente la potestad reglamentaria de la AGCBA;
Que en consonancia, la pregonada atribución es especialmente reconocida por el Poder Legislativo en las Leyes N° 70 y N° 325, las cuales refieren a la organización y funcionamiento de la AGCBA;
Que la Ley N° 70, en su artículo 114, reconoce como atribuciones y deberes de los Auditores Generales, entre otras, las de resolver todo asunto concerniente al régimen administrativo de la entidad Auditoría General, designar al personal y atender las cuestiones referentes a éste, con arreglo a las normas vigentes;
Que el Capítulo IX del Estatuto del Personal de la AGCBA, denominado Del Régimen Disciplinario, establece como requisito para la aplicación de determinadas sanciones, la realización de sumario administrativo previo, que garantice el derecho de defensa del sumariado;
Que el artículo 30 del mencionado Estatuto, estipula que el Colegio de Auditores reglamentará el procedimiento por el cual se sustanciarán las informaciones sumarias y los sumarios administrativos;
Que el Decreto N° 3.360/MCBA/68 regulador de los sumarios administrativos que se desarrollan en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, fue aplicado en la AGCBA hasta la actualidad;
Que el Colegio de Auditores Generales, en sesión del 9 de septiembre de 2009, en ejercicio de su competencia, ha considerado oportuno confeccionar y aprobar un Reglamento de Informaciones Sumarias y Sumarios Administrativos, que se ajuste a las necesidades y características particulares de la AGCBA.
Que, previo a resolver el texto definitivo, se ha instruido a la Dirección General de Control de Asuntos Legales para que pusiera a disposición de lasasociaciones sindicales con representación en el organismo, el proyecto de reglamentación, a fin de que tomen conocimiento, efectúen las aclaraciones y comentarios que crean corresponder;
Que en este sentido, se remitió el proyecto referido a las distintas asociaciones sindicales con representación en la AGCBA, para que efectúen las observaciones que estimen pertinentes;
Que la Dirección General de Control de Asuntos Legales, mediante Memorando DGLEGALES N° 384/09, ha elevado ha consideración del Cuerpo Colegiado un proyecto de texto final de la Reglamentación citada;
Que el Colegio de Auditores Generales, en su sesión del 3 de noviembre de 2009, ha resuelto solicitar a la Dirección General citada, que eleve la actuación correspondiente, con las observaciones presentadas por las asociaciones gremiales y el análisis de las mismas;
Que la Dirección General de Control de Asuntos Legales, mediante Memorando DGLEGALES N° 423/09, manifiesta que las asociaciones gremiales no presentaron ante esa Dirección observaciones al proyecto circularizado;
Que el Colegio de Auditores Generales, en su sesión del 11 de noviembre de 2009, resuelve aprobar el Reglamento de Informaciones Sumarias y Sumarios Administrativos de la AGCBA;
Que la Dirección General de Control de Asuntos Legales, ha tomado debida intervención, conforme Memorando DGLEGALES N° 55/10, en consecuencia, el Colegio de Auditores Generales, en su sesión del 3 de marzo de 2010, ha resuelto suscribir la presente;
Que esta Colegiatura abona su decisión en la habilitación legislativa que provee el artículo 144 incisos i) y k) de la Ley N° 70, y en su consecuencia resulta competente para la adopción de la presente resolución;
Que el artículo 145 de la Ley N° 70 establece que el Presidente de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires es el representante legal de dicho cuerpo y ejecuta sus decisiones.
Por ello,
ARTÍCULO 1°: APRUÉBASE la Reglamentación de Informaciones Sumarias y Sumarios Administrativos de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires que como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y oportunamente archívese.