LEY 3402 2010

Síntesis:

MODIFICA EL CÓDIGO FISCAL VIGENTE - INCORPORA TEXTO A LOS INCISOS I) Y J) DEL ARTÍCULO 335 BIS -  PARTIDAS DE NACIMIENTO - GESTIÓN DEL BENEFICIO DE LA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO - FICHERO GENERAL DE PARTIDAS DE NACIMIENTO

Publicación:

15/04/2010

Sanción:

11/03/2010

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

07/04/2010

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1° .- Incorpóranse como incisos i) y j) del artículo 335 bis del Código Fiscal vigente, el texto que se detalla a continuación:

i) Las partidas de nacimiento solicitadas para la gestión del beneficio del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1602/09.

J) La búsqueda en fichero general de partidas de nacimiento para la gestión del beneficio del Decreto del poder Ejecutivo Nacional 1602/09.

Art. 2° Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Buenos Aires, 9 de abril de 2010.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la ley N° 3402 (Expediente N° 250116/10), sancionada por la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 11 de marzo de 2010 ha quedado automáticamente promulgada el día 7 de abril de 2010.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 3402, incorpora textos como incisos i) y j) del artículo 335 bis del Código Fiscal vigente, texto ordenado aprobado por Decreto 651-08. </p>