RESOLUCIÓN 80 2010 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - APRA - SE CREAN LOS DEPARTAMENTOS DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y COMUNICACIÓN Y DE LOGÍSTICA Y MANTENIMIENTO - EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD FUNCIOAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA - SE APRUEBAM RESPONSABILIDADES PRIMARIAS
Publicación:
16/04/2010
Sanción:
06/04/2010
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO: S: la Ley N° 2.628, las Resoluciones N° 50/APRA/2008 y N° 126/APRA/09, y el Expediente N° 8304/2008 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establecido por el artículo 8° inciso b) de la Ley ut supra mencionada, es función de la Presidencia organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores aprobados por dicha ley;
Que, por Resolución N° 50/APRA/2008 se conformó la Unidad Funcional de Coordinación Operativa en el ámbito de la Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental, y se establecieron sus responsabilidades primarias;
Que, posteriormente, se dictó la Resolución N° 126/APRA/09 por la cual se transfirió de la órbita la Unidad Funcional de Coordinación Operativa, el Departamento de Mesa de Entradas, Salida y Archivo a la Unidad de Coordinación de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal;
Que, para un mejor cumplimiento de las responsabilidades primarias asignadas a la Unidad Funcional de Coordinación Operativa, y con el objetivo de garantizar la eficiencia en el funcionamiento de la Agencia de Protección Ambiental, deviene necesario conformar en el ámbito de esa Unidad los Departamentos de Sistemas Informáticos y Comunicaciones y de Logística y Mantenimiento;
Que, asimismo, corresponde determinar las responsabilidades primarias que tendrán a su cargo los referidos departamentos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 2.628;
Artículo 1°.- Confórmase en el ámbito de la Unidad Funcional de Coordinación Operativa dependiente de la Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental, el Departamento de Sistemas Informáticos y Comunicación y el Departamento de Logística y Mantenimiento, a partir del 1 de Abril de 2010.
Artículo 2°.- Apruébense las responsabilidades primarias correspondientes a los departamentos creados en el artículo 1°, conforme al Anexo que forma parte de la presente.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos y oportunamente, archívese.