ACORDADA 1 2010 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

SE ESTABLECEN MODIFICACIONES EN EL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE HABERES - USO DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - PAYROLL - ADICIONAL POR ANTIGUEDAD  - SUELDOS

Publicación:

Sanción:

03/02/2010

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


En la Ciudad de Buenos Aires, a los tres días del mes de febrero de 2010, se reúne el
Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidenta, la señora jueza Ana María
CONDE, y los señores jueces Luis Francisco LOZANO, Alicia E. C. RUIZ José O.
CASÁS, y;
VISTO: los expedientes n° 170/09 y 187/09, y,
CONSIDERANDO:
A solicitud de la Presidencia de este Tribunal, el Consejo de la Magistratura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la resolución de la presidencia n° 97 del
6 de agosto de 2009, puso a disposición y autorizó el uso del sistema informático de
Administración de Recursos Humanos (PayRoll), cuya licencia corporativa había
adquirido oportunamente.
Con fecha 15 de setiembre de 2009 la Sra. Presidenta del Tribunal suscribió un
contrato con la empresa Sonda Argentina SA, distribuidora exclusiva para las entidades
que conforman el sector público del sistema referido, para que efectúe las tareas
necesarias para su implementación y adicionalmente: a) la instalación del sistema y
la migración de datos; b) el dictado de los cursos de capacitación a los usuarios; c) el
soporte en terreno de los módulos del sistema; d) la liquidación en paralelo durante tres
períodos; e) la administración del proyecto de implementación y su puesta en
funcionamiento; y, f) la gestión integral del proyecto.
Han culminado con óptimos resultados las tareas señaladas anteriormente, habiéndose
efectuado las liquidaciones en simultáneo durante cuatro períodos consecutivos,
verificándose la exactitud de los resultados obtenidos.
La aplicación del sistema “PayRoll” posibilitará efectuar la liquidación del adicional por
antigüedad cuando se cumpla efectivamente el período establecido para percibir el
mismo, correspondiendo entonces modificar lo dispuesto en el punto 2. -Antigüedad-,
del Anexo III -Adicionales sobre el sueldo básico-, de la acordada n° 1 del 11 de
diciembre de 1998.
Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución
de la Ciudad,
ACUERDAN
1. ESTABLECER que, a partir del 1° de febrero del corriente año, el proceso de
liquidación de haberes se efectúe con el módulo correspondiente del Sistema de
Administración de recursos humanos denominado PayRoll.
2. MODIFICAR el punto 2. -Antigüedad-, del Anexo III -Adicionales sobre el sueldo básico-, de la acordada n° 1 del 11 de diciembre de 1998, el que quedará redactado del siguiente modo: Antigüedad:
a) Funcionarios: 2% anual, desde la fecha del título habilitante o de los servicios no
simultáneos cumplidos en forma continua o alternada en la función o empleo público, el
que fuera mayor.
b) Empleados administrativos, técnicos o de maestranza: 2% anual, de los servicios no
simultáneos cumplidos en forma continua o alternada en la función o empleo público.
3. CLÁUSULA TRANSITORIA: el sistema de liquidación del adicional por antigüedad que se implementa por la presente acordada no podrá reducir en ningún caso el monto del adicional liquidado percibido al 31 de enero de 2010.
4. MANDAR se registre; se notifique y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Acordada 1-TSJ-10 Modifica el punto 2. -Antigüedad-, del Anexo III -Adicionales sobre el sueldo básico-, de la Acordada 1-1998