ACORDADA 7 2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

ASIGNA LA FUNCIÓN DE OFICIALES NOTIFICADORES AD HOC A TODOS LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Publicación:

Sanción:

18/03/2004

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


En la Ciudad de Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de junio de 2004, se reúne en acuerdo la presidenta del Tribunal Superior de Justicia, Dra. Alicia E. C. Ruiz y los señores jueces Dr. Julio B. Maier,  Dr. José O. Casás, y Dra. Ana María Conde, y

 CONSIDERAN

 Que la ley n° 7, Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 50, establece que la oficina de mandamientos y notificaciones estará a cargo del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, y que a partir del 1° de octubre de 1999 la mencionada oficina diligencia las notificaciones dispuestas por este Tribunal (Acordada 17/99).

 Que en reiteradas oportunidades este Tribunal se vio obligado a disponer la realización de notificaciones urgentes, en el día y a veces en el plazo de horas. Que en tales ocasiones, ante la dificultad o imposibilidad de concretar la diligencia en tiempo oportuno mediante la Oficina de Notificaciones dependiente de la Secretaría de Coordinación Técnica del Consejo de la Magistratura, se  designó a funcionarios del tribunal como oficiales notificadores ad hoc.

 Que un claro ejemplo de la situación expuesta se experimentó durante el proceso electoral del año 2003, en el que por la urgencia de los plazos y el horario en que debían practicarse las notificaciones, éstas fueron realizadas, en su mayoría, por personal del tribunal especialmente habilitado en esa oportunidad para la función notificatoria.

 Que también en situaciones ajenas al proceso eleccionario el Tribunal dispuso notificaciones inmediatas que no pudieron concretarse en tiempo oportuno a través de la Oficina de Notificaciones, razón por la cual la diligencias se concretaron a través de funcionarios del tribunal.

 Que la premura con que se plantean la situaciones descriptas se ve agravada por la necesidad de dictar en cada ocasión la respectiva resolución de designación del oficial ad hoc, resolución que resulta imprescindible atento la condición de fedatario público que reviste el oficial notificador (Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Título II, Capítulo II, pto. 2.6.1) y la necesidad de dar cuenta inmediata de la designación al Consejo de la Magistratura (Título II, Capítulo III, pto. 2.11 del mismo Reglamento).

 Que a fin de evitar mayores demoras en las situaciones de urgencia descriptas, resulta razonable dictar una medida de alcance general que designe, de manera permanente, oficiales notificadores ad hoc a todos los empleados y funcionarios de este tribunal con categoría de auxiliar, ayudante escribiente, escribiente, oficial, prosecretario administrativo, prosecretario letrado y secretario letrado, para cubrir las eventuales diligencias notificatorias en aquellas ocasiones en que la urgencia de los trámites lo requiera.

 Que la decisión que así se adopte, impondrá la necesidad de instruir adecuadamente a los empleados y funcionarios afectados respecto de los requisitos y trámites notificatorios que eventualmente deberán practicar, así como implementar un sistema de credenciales con la que podrán acreditar su condición en el momento de las diligencias.

En ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad.

 ACUERDAN:

 

            ASIGNAR la función de oficiales notificadores ad hoc a todos los empleados y funcionarios del Tribunal Superior de Justicia con categoría de auxiliar, ayudante escribiente, escribiente, oficial, prosecretario administrativo, prosecretario letrado y secretario letrado.

 

            ENCOMENDAR a la Secretaría de Asuntos Generales la adopción de medidas necesarias para instrumentar un curso de capacitación al personal afectado.

         ENCOMENDAR al Sr. Director General de Administración la implementación de los trámites necesarios relativos al otorgamiento de credenciales o instrumentos que acrediten la condición de oficiales notificadores ad-hoc.

         MANDAR se registre, se notifique a los empleados y funcionarios, y al Consejo de la Magistratura.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
acordada 28-TSJ-09 deja sin efecto el punto 1. de la acordada 7-2004