RESOLUCIÓN 1107 2010 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE ADECUA CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO APROBADA POR LA RESOLUCIÓN 1280-MHGC-09 - IMPUTACIÓN PRESUPUESTRIA - CLASIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DE RECURSOS Y GASTOS
Publicación:
23/04/2010
Sanción:
09/04/2010
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO: El Decreto N° 2184/GCBA/94, el Decreto N° 469/GCBA/96, la Resolución N° 1280/MHGC/09 y el Expediente N° 236.911 /2010, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante los decretos citados en el Visto se adoptaron las Clasificaciones Presupuestarias de Recursos y Gastos que rigen en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se facultó al Ministro de Hacienda a incorporar las modificaciones que fueren necesarias con el fin de mantener actualizados los distintos clasificadores;
Que, por la Resolución N° 1280/MHGC/09 se aprobó la actualización integral de los citados clasificadores;
Que, con el fin de facilitar la imputación de determinados gastos, resulta necesario efectuar la pertinente adecuación del Clasificador por Objeto del Gasto vigente y la sistematización de partidas incorporadas al Sistema SIGAF, así como el correspondiente reajuste de las partidas consignadas en el cuadro Relación Clasificación Económica - Clasificación por Objeto del Gasto;
Que corresponde, asimismo, autorizar a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto a efectuar las readecuaciones crediticias que resulten pertinentes en función de la aplicación de la presente norma;
Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 2.184-GCBA-1994 y por el Decreto N° 469-GCBA-1996;
Artículo 1°.- Adecuase la Clasificación por Objeto del Gasto aprobada por la Resolución N° 1280/MHGC/09, conforme el detalle que obra como Anexo I de la presente norma y que, a todos los efectos, forma parte integrante de la misma.
Artículo 2°.- Facúltase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto a efectuar las modificaciones presupuestarias resultantes de la puesta en vigor de esta norma, así como a abrir subconceptos en el clasificador de recursos por rubros y partidas subparciales en el clasificador por objeto del gasto, toda vez que el proceso de formulación y modificación del presupuesto lo haga necesario.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a los distintos Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General de Contaduría General. Cumplido, archívese.