RESOLUCIÓN 23 2010 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

CONVOCA AL CONCURSO DESARROLLO EMPRENDEDOR 2010, PROGRAMA DE FOMENTO AL ESPÍRITU Y LA CULTURA EMPRENDEDORA

Publicación:

26/04/2010

Sanción:

08/04/2010

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO: los Decretos Nros. 2075/GCBA/2007 y sus modificatorios, 923/GCBA/2005, la Resolución N° 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias, la Resolución 14/SSDE/10; y el Expediente N° 257.556/10

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 2075/GCBA/2007 y sus modificatorios se estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y determinó que la Subsecretaría de Desarrollo Económico dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, tiene entre sus responsabilidades primarias diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos a promover las pequeñas y medianas empresas, entre otras;

Que mediante el Decreto N° 923/GCBA/2005 se creó el Programa “Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, con el objetivo de contribuir a la mejora de la competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad, a través del fortalecimiento de su interacción con las Organizaciones y Entidades No Gubernamentales, especializadas en la presentación de servicios de apoyo a las mismas; estableciendo en su artículo 7° como Autoridad de Aplicación a la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico; debiendo en consecuencia realizar llamados a concursos por temas específicos,

Que por Resolución 14/SSDE/10 se convocó al concurso “Desarrollo Emprendedor 2010, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“, dirigido a personas que residan y/o trabajen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

Que el Componente 1 de dicho programa prevé la ejecución de acciones de sensibilización y capacitación para la puesta en marcha de los emprendimientos que se inscriban en el mismo. Estas Actividades tendrán una duración minima de veinte (20) horas y el dictado estará a cargo de capacitadores externos.

Que para el eficaz desarrollo del concurso “Desarrollo Emprendedor 2010, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“ es necesario que los participantes incorporen ciertos contenidos en materia de gestión de nuevas empresas y/o de planes de negocios,

Que, a través de la Resolución N° 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias, se creó en el ámbito de la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico-, el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs, a efectos de contar con información sobre las instituciones educativas y organizaciones sin fines de lucro especializadas en el desarrollo de acciones específicas de apoyo al desarrollo productivo y/o de negocios;

Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, existe un amplio conjunto de instituciones no gubernamentales con una importante trayectoria en la temática emprendedora, particularmente en materia de capacitación y asistencia técnica en gestión de nuevas empresas y/o planes de negocios;

Que, para ello, es necesario convocar a dichas instituciones con el objetivo de participar en acciones específicas de capacitación para los participantes en la operatoria establecida por Resolución 14/SSDE/10; “Desarrollo Emprendedor 2010, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“.

Que dichas actividades se llevarán a cabo en comisiones que funcionarán en las sedes propuestas por las Entidades Patrocinadoras que resulten seleccionadas en el marco de la presente convocatoria.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Convócase a la presentación de Entidades Capacitadoras en el ámbito del concurso “Desarrollo Emprendedor 2010, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“ establecido por Resolución 14/SSDE/10, del Programa “Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“, creado por el Decreto N° 923/05.

Artículo 2°.- Establécese que podrán participar las instituciones sin fines de lucro y/o no gubernamentales que se encuentren previamente inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMES creado por la Resolución N° 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias y que, cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases y condiciones.

Artículo 3°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del llamado de Capacitadoras, los cuales se identifican como Anexo I, Bases y Condiciones, el Modelo de Acta Acuerdo entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Entidades Capacitadoras (Anexo II), y el Formulario de Propuesta de Capacitadores (Anexo III).

Artículo 4°.- Para participar en la presente convocatoria, las Entidades o Instituciones interesadas deberán presentar.

i. Nota firmada por el Responsable Legal de la Entidad de manifestación de interés por participar en la presente convocatoria,

ii. Listado de los capacitadores que la entidad utilizará en las actividades de asistencia y capacitación (ANEXO III, Formulario de Propuesta de Capacitadores),

iii. Curriculum Vitae de cada uno de los capacitadores indicados en el punto anterior y,

iv. Detalle de los antecedentes de participación de la entidad en actividades de asistencia técnica y capacitación en temas vinculados con la presente convocatoria.

Articulo 5°.- Establécese que se seleccionarán en el marco de la presente convocatoria, hasta (6) seis Entidades Capacitadoras, las cuales tendrán a cargo el desarrollo de capacitación del Componente 1 del “Desarrollo Emprendedor 2010, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“ establecido por Resolución 14/SSDE/10.

Articulo 6°.- La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la asignación de las comisiones a cada entidad capacitadora, y la cual se realizará en función de los resultados de la inscripción al programa “Desarrollo Emprendedor 2010, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora“ establecido por Resolución 14/SSDE/10.

Artículo 7°.- Las entidades que resulten beneficiarias de la presente convocatoria accederán a un aporte no reembolsable destinado a llevar a cabo las actividades de asistencia y capacitación, de acuerdo a las pautas, montos y metodología de desembolso establecidos en estas Bases y Condiciones.

Artículo 8°.- Destínese para el financiamiento de las propuestas que resulten finalmente aprobadas, la suma de pesos CIEN MIL ($ 100.000), los que serán imputados en partes iguales a la partida presupuestaria vigente. Dicho monto podrá ser modificado por la Autoridad de Aplicación en función de las necesidades derivadas de la presente convocatoria y de la disponibilidad presupuestaria.

Artículo 9°- Determínese que las presentaciones podrán efectuarse los días lunes a viernes en el horario de 11 a 15hs., en la Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, sita en Av. Presidente Roque Sáenz Peña 832, piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 5 de mayo de 2010.

Artículo 10.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, a la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Desarrollo Económico, la Dirección General de Contaduría General y a la Dirección General de Tesorería a sus efectos. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 23-10 convoca al Concurso Desarrollo Emprendedor 2010 en el marco de Programa convocado por Res. 14-10