DECRETO 312 2010

Síntesis:

SE TRANSFIERE LA COORDINACIÓN, DEL CONTENIDO, ACTUALIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA PÁGINA OFICIAL DE INTERNET DEL GOBIERNO A LA SECRETARÍA DE MEDIOS

Publicación:

27/04/2010

Sanción:

21/04/2010

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:Las Leyes N° 2.506 y N° 3.251; los Decretos N° 2.075/07 y N° 1.057/09 y el Expediente N° 352471/2010 y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 3.251 se aprobó la modificación de la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2.506, creándose la Secretaría de Medios entre las Secretarías dependientes de la Jefatura de Gobierno del Poder Ejecutivo;

Que la norma precitada redefine los objetivos de distintas áreas del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de conformidad a lo normado por el artículo 104, inciso 9), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, compete al Jefe de Gobierno establecer la estructura y organización funcional de los organismos de su dependencia;

Que, mediante el Decreto N° 1.057/09 se aprobó, la estructura organizativa y los objetivos y responsabilidades primarias de la Secretaría de Medios, estableciendo bajo su órbita funcional las Direcciones Generales de Nuevos Medios y de Coordinación de Prensa;

Que la Ley N° 3.251, al incorporar el artículo 29 bis a la Ley N° 2.506, atribuye a la Secretaría de Medios entre sus objetivos asistir a la Jefatura, Vicejefatura de Gobierno y todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo de la Ciudad, en lo atinente a sus relaciones con los medios masivos de comunicación, como así también en las relaciones con los nuevos medios de comunicación;

Que del mismo modo se le otorga a la mencionada Secretaría la facultad de desarrollar en forma conjunta con los organismos competentes del Poder Ejecutivo una política de difusión que permita potenciar la presencia de la Ciudad de Buenos Aires y su oferta global de productos y servicios en el exterior;

Que en atención a las funciones que tiene a cargo la Secretaría de Medios, resulta conveniente transferir la coordinación del contenido, actualización y difusión de la página oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de la órbita de la Secretaría de Comunicación Social a la Secretaría de Medios.

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Transfiérese la coordinación, del contenido, actualización y difusión de la página oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de la órbita de la Secretaría de Comunicación Social a la Secretaría de Medios ambas dependientes de la Jefatura de Gobierno.

Artículo 2°.-Transfiérese a la Secretaría de Medios el presupuesto, patrimonio y personal que se encuentre afectado a la página oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas necesarias a los fines de la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás fines pase a las Secretarías de Comunicación Social y de Medios, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Rodríguez Larreta

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