RESOLUCIÓN 48 2010 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

SUPRIME POR NOVENTA -90- DÍAS CORRIDOS CON CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO-ORDENANZA 10407/47 - TEXTO ORDENADO DE LAS ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN, CALLE BÁEZ ENTRE DORREGO Y CLAY - SE LE ASIGNA DOS CARRILES DESDE CLAY HASTA DORREGO Y UN CARRIL EN SENTIDO CONTRARIO - VIGENCIA DESDE SEÑALAMIENTO PROYECTADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO - FIJACIÓN FECHA DE IMPLEMENTACIÓN 

Publicación:

27/04/2010

Sanción:

20/04/2010

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


RESOLUCIÓN N° 48 - SSTRANS/10

Buenos Aires, 20 de abril de 2010.

VISTO: el Registro N° 1154406-DGPUYA-2009, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita la propuesta de otorgarle a la calle Báez entre Dorrego y Clay doble sentido circulatorio asimétrico, asignándole dos carriles desde Clay hasta Dorrego y un carril en sentido contrario;

Que lo propuesto obedece a la necesidad de reducir el derrotero para el ingreso a sus domicilios a los vecinos de la calle Clay, dado los actuales inconvenientes que deben sortear al ser obligatoria la circulación por el tramo de convivencia de la calle Báez;

Que la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura, efectúa un informe favorable, acompaña copia del proyecto vial y expresa que aún no se conocen fechas sobre el trámite licitatorio de la obra “2da. etapa de remodelación de la calle Báez”;

Que por lo expuesto se estima conveniente poner en práctica el doble sentido de circulación a la brevedad, independiente de la concreción de su inclusión en la obra referida.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Suprímese, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos a partir de la fecha de su implementación, de las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, el tramo de la calle Báez entre Dorrego y Clay, asignándole dos carriles desde Clay hasta Dorrego y un carril en sentido contrario.

Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez realizado el pertinente señalamiento que proyectará la Dirección General de Tránsito, y fijará posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.3 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de Transporte, de Proyectos Urbanos y Arquitectura, del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTADA POR
Disp. 118-11 fija la fecha de implementación de la Res. 48-10
MODIFICA
La Res 48-SSTRANS-10 asigna sentido circulatorio tramo calle tramo de la calle Báez entre Dorrego y Clay, modifica Dec. Ord. 10407-47 arterias con sentido único de circulación