RESOLUCIÓN 238 2010 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

APRUEBA EL PROYECTO GLOBAL DE RECOLECCIÓN DIFERENCIADA Y CENTRO VERDE - OTORGA SUBSIDIO A LA COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PARA RECUPERADORES URBANOS EL ÁLAMO LIMITADA PARA AFRONTAR COSTOS DEL PROYECTO Y DEUDAS DE LA COOPERATIVA - CRONOGRAMA DE PAGO ELABORADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL RECICLADO - APRUEBA TEXTO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA SER SUSCRIPTO POR LA DIRECTORA GENERAL DE RECICLADO Y COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PARA RECUPERADORES URBANOS EL ÁLAMO LIMITADA

Publicación:

26/05/2010

Sanción:

19/02/2010

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO: las Leyes N° 992 y N° 1854, los Decretos N° 639/GCBA/2007, N° 84/GCBA/2006 y N° 424/GCBA/2009, la Resolución N° 971-MAyEPGC-09, el Expediente N° 38.508/09, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto, tramita la presentación efectuada por Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos “El Álamo” Limitada, elevando a consideración de las autoridades el “Proyecto Global de Recolección Diferenciada y Centro Verde”, a través del cual esa entidad requiere la asistencia de un subsidio;

Que la finalidad del requerido subsidio radica en la necesidad de poder continuar desarrollando la actividad de recolección diferenciada de residuos que actualmente presta en diversas áreas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, especialmente en el barrio de Villa Pueyrredón;

Que el proyecto mencionado precedentemente se compone de cuatro subproyectos, a saber: 1) subproyecto logística vehicular, 2) subproyecto vestimenta y elementos de trabajo, 3) subproyecto centro verde, 4) subproyecto inclusión social;

Que en tal sentido, la cooperativa manifiesta la falta de recursos económicos suficientes para afrontar dichos gastos, señalando además la indispensabilidad de sustentar el actual nivel de recolección de residuos;

Que el subsidio solicitado se enmarca en el Decreto 424/2009, por el que se crea un ”Programa para la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público”, destinado a subsidiar a los recuperadores urbanos inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y a las cooperativas que se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentren inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME) en todo lo que resulte necesario para el adecuado cumplimiento de la actividad principal por ellas desarrollada;

Que el artículo 2° del mencionado decreto, delega en el Ministro de Ambiente y Espacio Público, o en el funcionario que éste designe: 1) el establecimiento de las condiciones que deberán reunir los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, así como de los requisitos que los peticionarios deberán acreditar para la viabilidad formal de sus solicitudes; 2) la evaluación y la eventual aprobación de cada proyecto, y 3) en su caso, el otorgamiento de respectivo subsidio y la determinación de las condiciones que los beneficiarios deberán cumplir para su percepción;

Que consecuentemente, se dictó la Resolución N° 971/MAyEPGC/2009, mediante la cual se aprueba el “Instructivo sobre las condiciones que deberán reunir los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, así como de los requisitos que los peticionarios deberán acreditar para la viabilidad formal de sus solicitudes”;

Que en este sentido, el Anexo de la mentada Resolución establece en el punto 3 establece que solo serán admisibles los proyectos que tengan por objeto... “c) contribuir a la efectiva inclusión de los recuperadores urbanos integrantes del ente peticionario en el marca de los beneficios de la seguridad social”;

Que en el marco de la mencionada resolución, mediante Providencia N° 655/DGREC/09, se ha expedido la Dirección General de Reciclado, a cuyo cargo se encuentra la evaluación integral de los proyectos relacionados con el ”Programa para la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público”;

Que el citado informe expresa que la presentación efectuada por la Cooperativa ha cumplido los requisitos de fondo y de forma establecidos por la Resolución N° 971/MAYEPGC/09, para la aprobación del proyecto y el otorgamiento del subsidio requerido;

Que en base al proyecto presentado y valoración de los gastos operativos involucrados, la Dirección General de Reciclado estima que el monto del subsidio, ascendería a un máximo de hasta PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS CON 30/100 (1.922,30), para afrontar los costos del Proyecto por el mes de diciembre de 2009, así como las deudas de la Cooperativa incluidas en el mismo;

Que ésta propone que la determinación de los montos y las condiciones para la percepción del subsidio, sean plasmadas en un Convenio de Colaboración a ser suscripto entre la autoridad gubernamental y la mencionada Cooperativa;

Que consecuentemente, sobre la base de lo informado corresponde aprobar el “Proyecto Global de Recolección Diferenciada y Centro Verde”, otorgar el subsidio requerido y aprobar el texto del Convenio de Colaboración a ser suscripto por la Directora General de Reciclado y Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos “El Álamo” Limitada, mediante el cual se determine el monto del subsidio y las condiciones para su percepción;

Que, dado que para el otorgamiento de los subsidios en cuestión intervendrá una entidad bancaria, procede autorizar, también, el pago del impuesto establecido por el Artículo 1° de la Ley Nacional N° 25413, en lo que específicamente se vincule con los montos de los subsidios;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia en el marco de la Ley N° 1218;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 424/GCBA/2009,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE

ANEXO

Artículo 1° - Apruébase el “Proyecto Global de Recolección Diferenciada y Centro Verde”, presentado por Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos “El Álamo” Limitada que como Anexo I forma parte de la presente.

Artículo 2° - Otórgase a la Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos “El Álamo” Limitada, un subsidio de hasta un máximo de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS CON 30/100 (1.922,30) para afrontar los costos del PROYECTO por el mes de Diciembre de 2009, así como las deudas de la Cooperativa incluidas en el mismo, conforme al cronograma de pago elaborado por la Dirección General Reciclado.

Artículo 3° - Apruébase el texto del Convenio de Colaboración a ser suscripto por la Directora General de Reciclado y Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos “El Álamo” Limitada, mediante el cual se determina el monto del subsidio y las condiciones para su percepción, según modelo que como Anexo II se acompaña a la presente.

Artículo 4° - El importe del subsidio determinado mediante el Convenio de Colaboración, será depositado por única vez en la cuenta corriente de la Cooperativa, abierta en el Banco Ciudad de Buenos Aires y abonado bajo las condiciones y según los términos acordados en el citado Convenio.

Artículo 5° - Páguense oportunamente los importes del impuesto establecido por el Artículo 1° de la Ley Nacional N° 25413, en lo que específicamente se vincule con los montos totales que mensualmente corresponda depositar para el efectivo pago de los subsidios precedentemente aprobados.

Artículo 6° - El gasto que demande la presente se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2009.

Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Direcciones Generales Contaduría y Tesorería, dependientes del Ministerio de Hacienda. Pase la Dirección General Reciclado, quien notificará fehacientemente a Cooperativa de Provisión de Servicios para Recuperadores Urbanos “El Álamo” Limitada de los términos de la presente. Cumplido, archívese. 


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3427

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La Res 238-MAYEPGC-10 aprueba el proyecto global de reolección diferenciada en el marco del Dec 424-09