RESOLUCIÓN 676 2010 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO EL ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 608-MAYEPGC/09  - RENUNCIA PRESENTADA POR LA DRA. MARIANA TOGNETTI  Y DESIGNA AL  SR. JUAN MANUEL VELASCO  COMO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO TÉCNICO DE LA LEY N° 1854

Publicación:

31/05/2010

Sanción:

17/05/2010

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO: el Expediente N° 28.851/2.008, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1.854, establece, en su artículo 1° “…un conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, seres vivos y bienes, adoptando como principio para la problemática de los residuos sólidos urbanos el concepto de Basura Cero”;

Que en el artículo 10° de dicha ley, se encomendó el monitoreo de los objetivos de la misma a una comisión integrada en el marco del Consejo Asesor Permanente establecido por la Ley N° 123, modificada por la Ley N° 452;

Que asimismo, el Decreto N° 639/07, reglamentario de la Ley N° 1.854, dispuso en su artículo 50, que la Autoridad de Aplicación debía impulsar la integración de una Comisión de Asesoramiento de las temáticas abordadas por la mentada ley y el decreto reglamentario, en el marco del Consejo Asesor Permanente de la Ley N° 123;

Que mediante Resolución N° 756-MAYEPGC/08, se estableció el reglamento interno para el funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1.854;

Que en el artículo 5 del mentado reglamento interno, se dispuso que la Presidencia de la Comisión en cuestión “…será desempeñada por el Ministro de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o por la persona que éste designe en tal cargo.”;

Que en este orden de ideas, en el artículo 2 de la Resolución N° 756-MAYEPGC/08, se designó como Presidente de la misma al Sr. Fabián Rodríguez Simón, DNI 12.728.408;

Que posteriormente, mediante la Resolución N° 608-MAYEPGC/09 se aceptó la renuncia a dicho cargo del Sr. Fabián Rodríguez Simón, designándose, en ese mismo acto, a la Dra. Mariana Tognetti, como Presidenta de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854;

Que el 16 de diciembre de 2.009, la Dra. Mariana Tognetti presentó su renuncia al mentado cargo;

Que en consecuencia, teniendo en cuenta que de conformidad con las competencias establecidas por el artículo 24 inciso 15 de la Ley N° 2.506 de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público, debe actuar como Autoridad de Aplicación de las leyes relacionadas con la materia ambiental, y que el artículo 48 de la Ley N° 1.854 establece que “Es autoridad de aplicación de la presente el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que determina el Poder Ejecutivo”, corresponde en este acto designar a la máxima autoridad de la mencionada Comisión;

Que en este sentido, el Sr. Juan Manuel Velasco, DNI 16.822.963, posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo vacante;

Que consecuentemente, resulta procedente dejar sin efecto el artículo 3 de la Resolución N° 608-MAYEPGC/09, modificatoria de la Resolución N° 756-MAYEPGC/08, y designar al Sr. Juan Manuel Velasco, DNI 16.822.963, como Presidente de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1.854 a partir del día 7 de mayo de 2.010;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjese sin efecto el artículo 3 de la Resolución N° 608-MAYEPGC/09, modificatoria de la Resolución N° 756-MAYEPGC/08.

Artículo 2°.- Acéptase a partir del día 16 de diciembre de 2.009 la renuncia presentada por la Dra. Mariana Tognetti, DNI 18.181.829, al cargo de Presidenta de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1.854.

Artículo 3°.- Desígnase a partir del día 7 de mayo de 2.010 al Sr. Juan Manuel Velasco, DNI 16.822.963, como Presidente de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854, en virtud de lo previsto por el artículo 5° del Reglamento Interno para el funcionamiento de la Comisión de Asesoramiento Técnico de la Ley N° 1854.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Higiene Urbana y a la Agencia de Protección Ambiental, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido archívese.- Santilli

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