RESOLUCIÓN 71 2010 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SINDICATURA GENERAL - SE ESTABLECEN ESCALAS REMUNERATIVAS DEL PERSONAL - AUMENTO DE REMUNERACIONES - SUELDOS - ESTAMENTOS SUPERIORES E INFERIORES - MODIFICACIÓN - ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA

Publicación:

09/06/2010

Sanción:

02/06/2010

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539),las Resoluciones N° 58-SGCBA/09 (BOCBA N° 3.220), N ° 61-SGCBA/09 (BOCBA N° 3.240), N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), N° 28-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.393), la Carpeta N° 558.228-SGCBA/10, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que esta Sindicatura General es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;

Que en virtud de las competencias atribuidas por el inciso 2) del artículo 130 de la Ley N° 70, el/la Síndico/a General posee facultades suficientes para organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;

Que en razón de las facultades establecidas en el inciso 8) del artículo citado anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba los gastos del Organismo;

Que atento la necesidad de optimizar el desempeño de las funciones establecidas en cabeza del Síndico/a General, resultó oportuno reorganizar los estamentos superiores e inferiores de esta Sindicatura General;

Que por tal motivo se dictó la Resolución N° 17-SGCBA/10 en virtud de la cual se aprobó la Estructura Organizativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires para sus estamentos superiores e inferiores, estableciendo sus Responsabilidades Primarias y Acciones y sus respectivos niveles remunerativos;

Que mediante la Resolución N° 28-SGCBA/10 se designó al personal que presta servicios en los estamentos superiores e inferiores de la Estructura Orgánico Funcional de referencia;

Que, a partir del mes de mayo de 2010, se acordó la aplicación de incrementos salariales para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad, como resultado de las negociaciones colectivas celebradas en el contexto de la normativa instituida en el Título II de la Ley N° 471;

Que en virtud de lo expuesto, y a fin de seguir los mencionados lineamientos, es menester adecuar las remuneraciones asignadas a cada categoría a fin de equiparar el ingreso mensual del personal de este Organismo de Control con el resto de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Subgerencia Legal dependiente de la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Interno N° 54-SL/10.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 2) y 8) del artículo 130 de la Ley N° 70,

EL SÍNDICO GENERAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécense a partir del 1° de julio de 2010, las escalas remunerativas del personal de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires para sus estamentos superiores e inferiores conforme se detalla en los Anexos I y II, que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo III de la Resolución N° 17-SGCBA/10, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente, en el modo y forma que en el mismo se consigna.

Artículo 3°.- Sustitúyase el Anexo V de la Resolución N° 17-SGCBA/10, por el Anexo II que forma parte integrante de la presente, en el modo y forma que en el mismo se consigna.

Artículo 4°.- Otórgase a todo el personal que reviste en la Estructura Orgánico Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires una asignación no remunerativa, a cuenta de futuros aumentos, compuesta de la siguiente manera:

a) A partir del día 1° de junio de 2010, la suma d e PESOS DOSCIENTOS ($ 200.-)

b) A partir del día 1° de julio de 2010, un aumento de PESOS CIENTO CINCUENTA (0.-), consolidándose la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA (0.-);

c) A partir del día 1° de octubre de 2010, un incre mento de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150.-), consolidándose una suma de PESOS QUINIENTOS (0.-) a partir de dicha fecha.

Artículo 5°.- Establécese que a partir del 1° de enero de 2011 los incrementos establecidos en el artículo 4° de la presente Resolución tendrán carácter de sumas remunerativas y quedarán sujetas a las retenciones correspondientes.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, notifíquese a los interesados y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

 I. Régimen remunerativo para el personal que ocupa cargos en los estamentos

superiores de la Sindicatura General.

 
1. Gerente General: Asignación por cargo, equivalente a ocho mil doscientas sesenta (8.260) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08, o en el que en el futuro lo sustituya ó modifique; con más la suma complementaria aprobada por Resolución N° 61-SGCBA/09.
2. Gerente: Asignación por cargo, equivalente a siete mil doscientas sesenta y cuatro (7.264) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08, o en el que en el futuro lo sustituya ó modifique; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
3. Secretaría General: Asignación por cargo, equivalente a siete mil doscientas sesenta y cuatro (7.264) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08, o en el que en el futuro lo sustituya ó modifique; con mas las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.

4. Subgerente: Asignación por cargo, equivalente a cinco mil seiscientos veinte (5.620) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08, o en el que en el futuro lo sustituya ó modifique; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61- SGCBA/09.

 

ANEXO II

I. Régimen remunerativo para el personal que ocupa cargos en los estamentos

inferiores de la Sindicatura General.

 
1. Auditor Superior: Asignación por cargo, equivalente a cuatro mil ciento treinta (4.130) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
2. Coordinadores Técnicos: Asignación por cargo, equivalente a cuatro mil ciento treinta (4.130) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con mas las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
3. Auditor Principal: Asignación por cargo, equivalente a dos mil ochocientos setenta y cinco (2.875) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
4. Técnico Administrativo: Asignación por cargo, equivalente a dos mil ochocientos setenta y cinco (2.875) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
5. Auditor: Asignación por cargo, equivalente a dos mil seiscientas (2.600) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58- GCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
6. Asistente Administrativo: Asignación por cargo, equivalente a dos mil seiscientas (2.600) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con mas las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
7. Auxiliar de Auditoría: Asignación por cargo, equivalente a dos mil doscientas veintiséis (2.226) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58- SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
8. Auxiliar Administrativo: Asignación por cargo, equivalente a dos mil doscientas veintiséis (2.226) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.
9. Auxiliar de Servicios Generales: Asignación por cargo, equivalente a un mil novecientas cuarenta y tres (1.943) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58-SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.

10. Recepcionista: Asignación por cargo, equivalente a un mil ochocientas ochenta y tres (1.883) unidades retributivas, de acuerdo al valor establecido en el artículo 2° del Decreto N° 664/08; con más las sumas complementarias aprobadas por Resoluciones N° 58- SGCBA/09 y N° 61-SGCBA/09.

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3437

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 2 de la Res 71-SG-10 Sustituye el Anexo III de la Res 17-SG-10 - Art 3 Sustituye el Anexo V -Remuneraciones del personal
DEROGADA POR
Deroga el artículo 4° de la Resolución 71-SGCBA-10
MODIFICADA POR
Sustituye el Anexo I de la Resolución N° 71-SGCBA-10
MODIFICADA POR
Art 2 de la Res 73-SG-11 sustituye el Anexo I de la Res 71-SG-10