LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2010
Síntesis:
SE CATALOGAN CON NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR A VARIOS INMUEBLES DE LA CALLE POSADAS
Publicación:
17/06/2010
Sanción:
20/05/2010
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalóganse con Nivel de Protección Cautelar en los términos del Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, los inmuebles que a continuación se detallan, con los niveles de protección que se indican:
Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles citados en el artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo asentará en la documentación catastral correspondiente la catalogación establecida en el artículo 1°.
Art. 4°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Moscariello - Serafin Pérez