DISPOSICIÓN 10 2010 DIRECCIÓN EJECUTIVA EATC

Síntesis:

ELECCIÓN DE UN MIEMBRO DEL DIRECTORIO DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES - SE APRUEBA EL PADRÓN ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES QUE SE LLEVARÁN A CABO EL DÍA TREINTA DE JULIO DE 2010

Publicación:

22/06/2010

Sanción:

11/06/2010

Organismo:

DIRECCIÓN EJECUTIVA EATC


VISTO: Las disposiciones de la Ley N° 2.855, del Decreto N° 1.342/GCABA/08, y la Resolución N° 189/EATC/2010, y las actuaciones del Expediente N° 553.662/2010, y

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 31 de mayo de 2010 se dictó a Resolución N° 189/EATC/10 del Ente Autárquico Teatro Colón (BOCBA N° 3431 del día 1 de junio de 2010), mediante la cual se dispuso convocar a elecciones para el 30 de julio de 2010 a fin de que los trabajadores de dicho ente elijan por el término de dos años, a un miembro del Directorio del Ente Autárquico Teatro Colón, en representación de los trabajadores, el cual deberá corresponder al área escenotécnica; un miembro del Consejo Asesor Honorario del Ente Autárquico Teatro Colón en representación del área escenotécnica; y un miembro del Consejo Asesor Honorario del Ente Autárquico Teatro Colón en representación del área artística;

Que en el artículo 11 del Anexo del Decreto N° 1342/GCABA/08 dictado por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se establecieron ciertos lineamientos y requisitos referidos a la elección ut supra mencionada. En tal sentido se fijaron fechas y pasos que deben cumplirse antes de dicha elección, entre ellos la confección del Padrón Electoral, cuya confección está a cargo de la Dirección Ejecutiva.

Por ello, conforme las facultades electorales conferidas por la Ley N° 2.855 y su reglamentación;

LA DIRECTORA EJECUTIVA

DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Aproar el Padrón Electoral para las elecciones que se llevarán a cabo el día treinta (30) de julio de 2010, convocadas por la Resolución 189/EATC/10 del Ente Autárquico Teatro Colón, el que como Anexo I forma parte integrante de la misma.

Artículo 2°.- Regístrese, y hágase público el mencionado Padrón para lo cual se pondrá el mismo a consulta a partir del día de la fecha en las sedes sitas en la Asociación Patriótica Española, con domicilio en la calle Bernardo de Irigoyen 672, en Unione e Benevolenza, con domicilio en la calle Pte. Perón 1362, en la Asociación de Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria Comercio y Servicios, con domicilio en la calle Combate de los Pozos 146; en la Sociedad Hebraica Argentina, con domicilio en la calle Sarmiento 2233/7, en el Centro de Exposiciones de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en la calle J.E. Couture 2231, y en La Nube, con domicilio en la calle Maure 3672, en el Teatro Colón, con domicilio en la calle Cerrito 618, todos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3445

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Disp. 10-EATC-10 aprueba el padrón electoral para las elecciones convocadas por Res. 189-EATC-10