DECRETO 482 2010
Síntesis:
RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS - SE RECONOCE PRESTACIÓN DE SERVICIOS A MARCELA SANDRA TROPEANO - DNI 22.167.290 - COMO AUDITORA INTERNA ADJUNTA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL ENTE DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
23/06/2010
Sanción:
15/06/2010
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:El expediente N° 29.940/08 y
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 881/06, se designó a la Dra. Marcela Sandra Tropeano, D.N.I. 22.167.290, CUIL. 27-22167290-4, ficha N° 410.417, como Auditora Interna Adjunta, de la Unidad de Auditoría Interna, del Organismo Fuera de Nivel Ente de Higiene Urbana, del ex Ministerio de Medio Ambiente;
Que, es de hacer notar que la misma cesó en sus funciones automáticamente, atento el cambio de autoridad que propuso su designación;
Que, según surge de los presentes actuados el citado Organismo Fuera de Nivel manifiesta que la nombrada continuó desempeñándose desde el 1 y hasta el 28 de enero de 2.008;
Que, por lo expuesto y teniendo en cuenta que existió una real prestación de los mismos, y en concordancia con lo establecido por Decreto N° 1.295/07, procede reconocer los servicios prestados en dicho Organismo;
Que, en consecuencia corresponde proyectar la norma legal correspondiente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Reconócese los servicios prestados desde el 1 y hasta el 28 de enero de 2.008, por la Dra. Marcela Sandra Tropeano, D.N.I. 22.167.290, CUIL. 27-22167290-4, ficha 410.417, como Auditora Interna Adjunta, de la Unidad de Auditoría Interna, del Organismo Fuera de Nivel Ente de Higiene Urbana, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3536.0004.W.99 R.01.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, encuentra imputación en el Presupuesto Vigente en el Inciso 1 Gastos en Personal, en la Repartición que se prestaron los servicios.
Artículo 3°.- EL presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Ambiente y Espacio Público, de Hacienda, y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.