RESOLUCIÓN 1312 2010 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE ACLARA E INTERPRETA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE CULTURA - ESTRUCTURA ORGÁNICA - DIRECCIÓN GENERAL DE MUSEOS - DIRECCIONES OPERATIVAS - SUBDIRECCIONES OPERATIVAS - RÉGIMEN GERENCIAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - REMUNERACIÓN - NIVEL
Publicación:
12/07/2010
Sanción:
02/07/2010
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO: La ley N° 471, los Decretos N° 684/09 y N° 451/10 y el Expediente N° 503.002/10, y
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 684/09 se reglamentó el artículo 34 de la ley N° 471, que establece el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Según el Decreto mencionado, los cargos gerenciales se dividen en dos niveles denominados Dirección Operativa y Subdirección Operativa.
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 684/09, el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Hacienda tienen la facultad de dictar en forma conjunta las normas complementarias, interpretativas y aclaratorias que sean necesarias para la aplicación del referido Régimen;
Que, por Decreto N° 451/10 se aprobó la actual estructura organizativa del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta los niveles de Dirección Operativa y Subdirección Operativa, sus responsabilidades primarias, acciones y objetivos;
Que, resulta necesario aclarar que las distintas Direcciones de Museos allí creadas, dependientes de la Dirección General de Museos de la Subsecretaría de Cultura, revisten el carácter de Subdirecciones Operativas, debiendo fijarse la remuneración de acuerdo a la responsabilidad que corresponde a los cargos gerenciales creados por el Ministerio de Cultura.
Por ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N° 684/09
Artículo 1°.- Aclárase e interprétese que dentro de la estructura organizativa del Ministerio de Cultura, las denominadas Dirección de Museos, establecidas en el Decreto N° 451/10, revisten, dentro del Régimen Gerencial creado por Decreto N° 684/09, la categoría de Subdirecciones Operativas. A los fines administrativos podrán utilizarse ambos nombres en forma indistinta.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General de Organización y Estructura del Gobierno. Cumplido, archívese. Rodriguez Larreta - Grindetti