DECRETO 538 2010

Síntesis:

MODIFICA EL PLAZO DE PRÓRROGA DEL CONTRATO OBJETO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA  N° 32-DGCYC-08 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE PAPEL-INSUMOS Y ÚTILES DE OFICINA

Publicación:

14/07/2010

Sanción:

07/07/2010

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley N° 2095 y su reglamentación, el Expediente N° 583.752/2010, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° 31.201/2008 ha tramitado la Licitación Pública N° 32/DGCyC/2008 convocada para contratar el Servicio de Provisión de Papel, Insumos y útiles de Oficina con distribución incluida y con los Sistemas Informáticos Online de Pedidos y Control, con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 122-GCBA/2009 se aprobó la Licitación Pública N° 32/DGCyC/2008 adjudicándose a la firma OFFICE NET S.A. el servicio en cuestión, emitiéndose a su favor la Orden de Compra N° 11/DGCyC/2009 bajo la modalidad de orden de compra abierta;

Que conforme el Artículo 5 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares la duración total de la presente contratación era de doce (12) meses a contar de la fecha de comienzo de ejecución del contrato;

Que la Orden de Provisión N° 11/DGCyC/2009 ha sido por un período de doce (12) meses a partir del día 20/03/2009, fecha de comienzo de ejecución del contrato (fs. 3568/3570 Expte. N° 31.201/2008 cuerpo 8°);

Que el Artículo 117 de la Ley N° 2095 en su Inciso III) faculta al Organismo contratante, una vez perfeccionado el contrato a: “Prorrogar cuando así se hubiese previsto en el pliego de bases y condiciones particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, a su vencimiento, por única vez y por un plazo de hasta el 50% del contrato inicial... “;

Que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el procedimiento particular establece que: “El GCABA se reserva el derecho de prorrogar el contrato con la firma, bajo idénticas condiciones y respetándose los valores contractuales, por un único período de hasta seis (6) meses“;

Que mediante Decreto N° 235-GCBA/2010 se aprobó la prórroga de la Orden de Compra N° 11/DGCyC/2009 por un período de cuatro (4) meses, contados a partir del día 20 de marzo de 2010, emitiéndose la Orden de Compra N° 10/DGCyC/2010 bajo la misma modalidad;

Que actualmente, se encuentra próximo el vencimiento de dicha prórroga; y en trámite la nueva licitación pública correspondiente a este servicio;

Que la prórroga de mención ha sido por un plazo inferior al máximo autorizado en el Pliego de Bases y Condiciones particulares en el entendimiento de que serían suficientes cuatro meses hasta el perfeccionamiento del nuevo contrato, evitando de esta forma, una dilación innecesaria del anterior;

Que a efectos de evitar que el GCABA quede desprovisto en forma eminente del mismo, con el peligro que ello importa para el interés público comprometido tanto por las necesidades esenciales que satisface como por la entidad de las utilidades que reporta, se estima prudente extender el plazo de prórroga a un total de seis meses tal como se prevé en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

Que ha de estarse a la esencia de la legislación que rige las compras y contrataciones del GCBA, a la razonabilidad de la extensión del plazo propuesta en pos de cuidar los intereses superiores de la misma y bregar por la eficiencia, eficacia, economía, simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en sus gestiones, a la finalidad pública que define y tipifica el contrato administrativo;

Que con la modificación del plazo propuesto no se ve afectada la finalidad del contrato, ni las obligaciones esenciales, efectuándose la pertinente compensación económica;

Que el cambio que se propicia, en nada afecta derechos de terceros, tampoco intereses superiores;

Que, por lo expuesto, resulta conveniente modificar el plazo de prórroga del contrato original oportunamente propuesto, por el término total de seis (6) meses, siendo la fecha de vencimiento del plazo de dicha prórroga el día 20 de Septiembre de 2010;

Que conforme el Artículo 1° del Decreto 122-GCBA/2009 el monto total del contrato es de hasta la suma de pesos veintisiete millones quinientos veinticinco mil novecientos siete con diecisiete centavos ($ 27.525.907,17);

Que se ha determinado, en promedio, el monto total del contrato para la prórroga del plazo total de seis (6) meses que se estima pertinente, siendo efectuada la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión en oportunidad del Decreto N° 235-GCABA/2010;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo con los términos de la Ley N° 1.218;

Que, en consecuencia y en mérito a todo lo antes expuesto, se procede el dictado del presente Decreto por el cual se aprueba la modificación de la extensión del plazo de prórroga del contrato.

Por ello, y en uso de las facultades legales que son propias, Artículos 102° y 104° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modificase el plazo de prórroga del contrato objeto de la presente Licitación Pública establecido en el Art. 1 del Decreto N° 235-GCBA/2010 el que quedará redactado de la siguiente forma “Prorrógase por el término de Seis (6) meses el contrato celebrado con la firma OFFICE NET S.A., mediante la Orden de Compra N° 11/DGCyC/09, por un monto total de hasta Pesos Cinco Millones ($ 5.000.000, 00), referente a la contratación del Servicio de Provisión de Papel, Insumos y útiles de Oficina con distribución incluida y con los Sistemas Informáticos Online de Pedidos y Control, con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Artículo 117 de la Ley N° 2095 y su reglamentación. “

Artículo 2°.- Dejase establecido que el vencimiento del plazo de la prórroga contractual operará el día 20 de Septiembre de 2010.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda en prosecución de su trámite, dependencia que deberá proceder a notificar el presente decreto a la firma interesada. Cumplido, previo a su archivo incorpórese al Expediente N° 31.201/2008. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

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Detalle

MODIFICA
Decreto 538-10 modifica el plazo de la pórroga concedida por el art. 1 del Decreto 235-10 para la Licitación Pública N° 32-DGCYC-08