DISPOSICIÓN 337 2010 DIRECCIÓN GENERAL FERIAS Y MERCADOS
Síntesis:
RETIRA LA AUTORIZACIÓN PARA PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES DE LA FERIA PASEO RECOLETA - FERIANTES - ALEJANDRO JAVIER ARANDA - RAÚL ANÍBAL ETCHARREN - INASISTENCIAS EN TALLERES OBLIGATORIOS
Publicación:
16/07/2010
Sanción:
06/05/2010
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FERIAS Y MERCADOS
VISTO: lo establecido en los Decretos N° 2.075-GCBA/07, N° 132-GCBA/08, N° 755-GCBA/09, N° 1017-GCBA/09, N° 92-GCBA/04, las Disposiciones N° 974-DGFYME/09, N° 1228-DGFYME/09, N° 1357-DGFYME/09, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 2075-GCBA/07 aprueba la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad de la Autónoma de Buenos Aires, creando la Dirección General de Ferias y Mercados, dependiente de la entonces Subsecretaría de Mantenimiento Urbano del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, transfiriendo de la órbita de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor los distintos sistemas de ferias que de ella dependían, estableciendo las responsabilidades primarias de esta Dirección General;
Que el Decreto N° 132-GCBA/08 modifica las responsabilidades descriptas por el Decreto N° 2075-GCBA/07 de esta Dirección General;
Que el Decreto N° 755-GCBA/09 modifica la a partir del 1 de agosto de 2009, la denominación de la Subsecretaria de Mantenimiento Urbano, la que pasa a denominarse Subsecretaria de Uso del Espacio Público;
Que el Decreto N° 1017-GCBA/09 modifica la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto 2075-GCBA/07 y modificatorias;
Que el decreto ut supra mencionado establece que es responsabilidad primaria de la Dirección General de Ferias y Mercados Otorgar y revocar permisos de acuerdo con la normativa que regule la actividad;
Que por Decreto N° 92-GCBA/04 se faculta a la ex Subsecretaría de Medio Ambiente a otorgar permisos de uso precario y gratuito del espacio del dominio público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentren en estado de subutilización con fines sociales, culturales, turísticos y productivos;
Que los participantes en las actividades enunciados en el Anexo l, el cual formar parte integrante de la presente, obtuvieron permiso como participantes en las actividades de la Feria Paseo Recoleta, regulada por Decreto N° 92-GCBA/04;
Que esta Dirección General resuelve por Disposición N° 974-DGFYME/09 crear la Comisión Permanente de Fiscalización en el ámbito de la Dirección General de Ferias y Mercados cuya finalidad es la de evaluar mediante las correspondientes pruebas de taller a los permisionarios, autorizados y postulantes de los paseos reconocidos por el Decreto N° 92-GCBA/04 y las ferias reconocidas por la Ordenanza N° 47.046-CJD/93;
Que por Disposición N° 1228-DGFYME/09 y por Disposición N° 1357-DGFYME/09 esta Dirección General dispone convocar a un régimen de evaluación y fiscalización en el ámbito de la Dirección General de Ferias y Mercados, con el objeto de otorgar las autorizaciones para participar en las actividades del emplazamiento ferial de Paseo Recoleta, regulado por Decreto N° 92-GCBA/04;
Que el artículo 2 de la disposición ut supra mencionada establece: Carácter de la convocatoria. La convocatoria al régimen de fiscalización y evaluación es de carácter obligatoria. La inasistencia a la misma constituye causal de no otorgamiento de la autorización a los sujetos convocados para participar las actividades del emplazamiento ferial del Paseo Recoleta.;
Que el Sr. Raúl Aníbal Etcharren, DNI 10.930.912, se encuentra incluido en el Anexo I de la Disposición N° 1228-DGFYME/09;
Que el Sr. Alejandro Javier Aranda, DNI 27.973.158, se encuentra incluido en el Anexo I de la Disposición N° 1357-DGFYME/09;
Que los participantes en las actividades enunciados en el Anexo I de la presente, no han asistido a las pruebas de taller del régimen de evaluación y fiscalización en el ámbito de la Dirección General de Ferias y Mercados, por lo que corresponde proceder al no otorgamiento de la autorización para participar en las actividades de la Feria Paseo Recoleta, regulado por el Decreto N° 92-GCBA/04;
Que de las constancias obrantes ante esta Dirección General, el Sr. Raúl Etcharren no ha constituido domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por otra parte, el Sr. Alejandro Javier Aranda ha constituido domicilio en una zona de difícil acceso en la Ciudad de Buenos Aires, conforme fuera manifestado por los oficiales de notificación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al indicar el lugar como zona peligrosa.
Por ello,
Artículo 1°.- Procédase al no otorgamiento de la autorización para participar en las actividades de la Feria Paseo Recoleta, regulada por el Decreto N° 92-GCBA/04, a los participantes en las actividades detallados en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de 3 días. Cumplido, archívese. Yasin
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3462