DISPOSICIÓN 244 2001 DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE CONTADURIA
Síntesis:
ESTABLECE LA ELEVACIÓN DE UN INFORME MENSUAL A SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SE ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN Y CONTROL ADMINISTRATIVO, SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
Publicación:
22/10/2001
Sanción:
17/10/2001
Organismo:
DIRECCION GENERAL ADJUNTA DE CONTADURIA
Visto la necesidad de exponer la ejecución del crédito presupuestario asignado en el Presupuesto de la Ciudad a la Expansion de la Red de Subterráneos de Buenos Aires, teniendo en cuenta la legalidad de los fondos recaudados en virtud de la Ley N° 23.514.
Considerando:
Que en el informe de carácter técnico de la Dirección Técnico Legal y de Control de esta Contaduría General, se analiza la legalidad de la imputación de los fondos en cuestión;
Que como Órgano Rector del Sistema de Contabilidad, la Dirección General de Contaduría es la responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema según lo establece en el Art. 113 Capítulo IV de la Ley N° 70 Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad;
Que la Empresa Subterráneos de Buenos Aires S.E. (SBASE) tiene a su cargo la ejecución de las obras necesarias para la expansión de la Red de Subterráneos;
Que mensualmente SBASE confecciona un balance de ingresos y egresos producidos en la Cuenta Expansión 21105/3 Ley N° 23.514;
Que la ejecución presupuestaria de los fondos de la citada Ley, utilizados por Subterráneos no implica la confección de órdenes de pago a favor de la Empresa o de quienes ejecuten las obras de expansión de la red.
Artículo 1° - Mensualmente Subterráneos de Buenos Aires, S.E. elevará a la Dirección General de Inspección y Control Administrativo de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, un balance en el cual expondrá los ingresos y egresos producidos en la Cuenta Expansión 21105/3 Ley N° 23.514, detallando los conceptos involucrados.
Artículo 2° - La mencionada Dirección General informará a la Dirección General Administrativa y Legal de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos el importe del compromiso preventivo - definitivo discriminando las partidas en las que deberá afectarse cada importe, de acuerdo con lo previsto en el presupuesto del año al cual corresponda su afectación y teniendo como respaldo para ello el balance enviado por SBASE.
Artículo 3° - La Contaduría General, registrará en tales partidas, las etapas del devengado-pagado, produciendo la regularización correspondiente.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para demás efectos, remítase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Empresa Subterráneos de Buenos Aires, a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Tesorería, y a la Dirección General de Contaduría para su archivo.