RESOLUCIÓN 403 2010 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SUSTITUYE  TEXTO DEL ARTÍCULO 37 DEL REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA SELECCIÓN DE JUECES Y MAGISTRADOS DEL MINISTERIO PÚBLICO

Publicación:

22/07/2010

Sanción:

03/06/2010

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

El art. 37 del Reglamento de Concursos para la selección de Jueces y Magistrados del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Res. CM N° 873/2008, y

CONSIDERANDO:

Que dicha norma establece que una vez adquirida la condición de concursantes, éstos deberán presentarse a los exámenes de aptitud psicofísica del servicio médico que oportunamente indique el Consejo de la Magistratura. La Secretaría de la Comisión de Selección a través de la Dirección de Factor Humano requerirá al servicio médico que corresponda las entrevistas necesarias a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior dentro de los 3 (tres) días posteriores a la adquisición de la condición de concursante y les notificará el lugar y fecha asignado por el servicio dentro de los 2 (dos) días de recibida la comunicación y con una anticipación no menor a los 3 (tres) días de la sustanciación del examen. En consecuencia, y con arreglo a esa disposición, los exámenes de aptitud psicofísica deben realizarse a todos aquellos inscriptos que queden habilitados para rendir la prueba de oposición, aún con anterioridad a que ésta se lleve a cabo.

Que la experiencia adquirida en materia de concursos demuestra que un significativo porcentaje de participantes no se presenta a aquella prueba, circunstancia que implica su automática exclusión.

Que ello supone que la aplicación del mecanismo previsto actualmente en el artículo mencionado es susceptible de acarrear un injustificado dispendido de esfuerzos y recursos, incluso presupuestarios.

Que, para evitarlo, resultaría conveniente modificar la disposición reglamentaria dejando librado al criterio de la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público el momento en que exigirá a los concursantes la realización del examen psicofísico, de manera de optimizar la utilización de los medios al alcance de este Consejo asegurando la mayor celeridad posible en el trámite del concurso.

Que, por último, no parece que el actual estado de los concursos que se encuentran en trámite constituya un óbice para la aplicación inmediata de la nueva norma, toda vez que ella no modifica la igualdad entre los participantes ni altera aquel trámite y, por lo tanto, no provoca agravio alguno.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la ley 31.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Art. 1°: Sustituir el texto del actual art. 37 del Reglamento de Concursos para la selección de Jueces y Magistrados del Ministerio Público del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Res. CM N° 873/2008 por el siguiente: “Art. 37 Examen de aptitud psicofísica. Con carácter previo a la confección del Orden de Mérito Provisorio previsto en el art. 43, la Comisión de Selección de Jueces, Juezas e Integrantes del Ministerio Público notificará a los concursantes, con una anticipación no menor a tres (3) días, el lugar y fecha en que se presentarán al examen de aptitud psico-física, que se efectuará por intermedio del servicio médico que se les indique. Los resultados de dicho examen tendrán carácter confidencial y sólo tomarán estado público cuando, a juicio del Consejo, constituyan fundamento específico que obste a la designación de un concursante, y éste impugne el decisorio correspondiente. Cada concursante, cuando lo solicite, puede conocer los resultados que le conciernan personalmente.”

Art.2°: Regístrese, notifíquese, y oportunamente archívese.- López Vergara - Moya

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Res 403-CMCABA -10 sustituye el texto del art 37 del Reglamento de Concursos para la selección de jueces y magistrados del Ministerio Público en el marco de la Res 873-CMCABA-08